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Condenado a 6 años de prisión un joven por abusos sexuales a una menor de 16 años en Barbastro

El acusado tenía 23 años cuando inicio el noviazgo con la menor. La sentencia se ha conocido ocho meses después de celebrarse el juicio

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Barbastro

La Audiencia de Huesca ha hecho pública una sentencia que condena a un joven a 6 años de prisión por un delito de abusos sexuales a una menor de 16 años en la localidad altoaragonesa de Barbastro, ocho meses después de celebrarse el juicio por estos hechos.

El acusado se sentó los pasados días 29 y 30 de marzo en el banquillo de la Audiencia de Huesca para enfrentarse a una petición fiscal que sumaba 20 años y 6 meses de prisión como presunto responsable de delitos de maltrato continuado, de abusos, de agresión sexual a una menor y de vejaciones injustas, por los que estuvo encarcelado provisionalmente tras su detención varios días.

Los peritos del Equipo de la Mujer y el Menor (EMUME) que se entrevistaron con la joven tras la denuncia argumentaron que esta les relató que las relaciones sexuales fueron en todo momento "forzadas", en el marco de una relación "tóxica" en la que ella se sentía manipulada por su entonces pareja.

Y describieron al procesado como un presunto agresor sexual, con una conducta "patológica" en relación a las mujeres que le hacía buscar a chicas menores de edad, mucho más jóvenes que él debido a su vulnerabilidad y ser más fácilmente manipulables.

El propio acusado, que tenía 23 años en el momento de iniciar el noviazgo, a principios de 2018, admitió durante la vista que sabía que mantener relaciones con una menor de 16 años era un delito, pero añadió al tiempo que fue en todo momento consentida, no sólo por la joven, sino también por su propia familia.

La víctima decidió poner fin a la relación en febrero de 2019, aunque siguió viéndose y manteniendo contacto con el procesado hasta los meses de verano de ese mismo año.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal valora, a la hora de responsabilizar al procesado del delito de abusos sexuales a una menor, la persistencia de la víctima en la incriminación, la falta de motivos para culpar falsamente al acusado y la existencia de "elementos periféricos" que corroboran los hechos como el reconocimiento del propio encausado de que la joven tenía 15 años en el momento de mantener relaciones.

Sin embargo, los magistrados se refieren a la falta de elementos probatorios para condenar al joven por los delitos de maltrato habitual, coacciones y agresión sexual.

Respecto a este último delito, por el que el fiscal solicitaba una pena de 11 años y 6 meses, el tribunal admite que a finales de 2019 el acusado quiso mantener relaciones sexuales con la joven, pero que se apartó y renunció a ellas cuando la menor le dijo que no quería.

El letrado de la defensa, Alejandro Sarasa, ha anunciado que recurrirá la condena por abusos sexuales esgrimiendo un artículo del Código Penal que establece como eximente o atenuante muy cualificada la proximidad de las edades del acusado y de la denunciante.

 
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