Sociedad

El abogado de Sijena dice que recusará a la juez de Barcelona si aplica la amnistía a Vila

El exconseller de Cultura será juzgado por su negativa a cumplir la orden judicial de entrega a Aragón de los bienes del Monasterio de Sijena

Infografía de los molinos en el Monasterio de Sijena

Huesca

El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, ha dirigido un escrito a la titular del Juzgado de lo Penal nº 20 de Barcelona para asegurar que la recusará si aplica la ley de amnistía al exconseller Santi Vila.

El exconseller de Cultura será juzgado por su negativa a cumplir la orden judicial de entrega a Aragón de los bienes del Monasterio de Sijena. En su escrito, al que ha tenido acceso EFE, este letrado cuestiona así la decisión adoptada el pasado viernes por la magistrada Mercé Fernández de enviar a la fiscalía y al resto de partes personadas en la causa una providencia para que informen si concurren en el caso los requisitos necesarios para la aplicación de la referida ley para la normalización social y económica de Cataluña.

Jorge Español, abogado

"Francamente, y con todo respeto, no sabemos en qué se ha basado su señoría para ligar la independencia de Cataluña a la desobediencia a una sentencia que ordenaba devolver unas obras artísticas a un monasterio aragonés", argumenta Español en su escrito. El abogado de Sijena insta, además, a la juez a abstenerse en cualquier caso a juzgar este caso ya que al plantear la aplicación de oficio de la ley de amnistía ha quedado "quebrada fatalmente" su imparcialidad a la hora de enjuiciar a Santi Vila.

La magistrada asumió esta iniciativa tras recibir la causa penal contra el exconseller por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJA), que optó recientemente por desgajar el procedimiento seguido contra Vila y su sucesor en el cargo, Lluis Puig, y quedarse solamente la parte referida a este último por ser aforado en el Parlamento catalán a pesar de permanecer huido de la justicia española.

En concreto, la juez ampara su propuesta en el artículo 9.1º de la ley de amnistía, que establece que esta medida puede ser aplicada por los órganos judiciales previa audiencia de la fiscalía de las partes, y su relación con el artículo 11, que prevé que su aplicación pueda ser solicitada por acusaciones y defensa, o bien de oficio por el propio juzgador después de consultar a los afectados.

En ambas causas, la tramitada por el TSJC contra Puig y la asumida por el Juzgado de Instrucción nº 20 de Barcelona contra Vila, la fiscalía pide sendas condenas de 11 meses de multa a razón de 18 euros diarios (5.940 euros), así como dos años de inhabilitación, para ambos exconsellers, a quienes acusa de un delito de desobediencia.

Por su parte, el representante legal del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, acusación particular en la causa, propone estas mismas condenas y suma otro de usurpación de funciones judiciales a Vila, por el que solicita 11 meses de cárcel. EFE