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La Justicia permite que el exconseller Lluís Puig sea juzgado telemáticamente por Sijena el 21 y 22 de noviembre

La Fiscalía le pide dos años de inhabilitación por desoír la orden de devolver las obras de arte de Sijena

Lluis Puig / YVES HERMAN (Reuters)

Huesca

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha aceptado que el exconseller de Cultura en el 1-O, Lluis Puig, comparezca telemáticamente, por videoconferencia desde Bélgica, en su juicio en noviembre por desobediencia por negarse a entregar a Aragón los bienes del Monasterio de Sijena. Así lo ha acordado la sala civil y penal del TSJC en un auto en que el tribunal, con el presidente Jesús María Barrientos al frente, acepta la petición de la defensa del exconseller Puig de comparecer y declarar telemáticamente en el juicio, atendida su "residencia habitual en Bélgica", donde se encuentra huido de la justicia española en su causa por el 1-O.

La Fiscalía pide para Puig, que es actualmente diputado en el Parlament de Cataluña, una condena de dos años de inhabilitación y 5.940 euros de multa por un delito de desobediencia, al desoír supuestamente la orden judicial para que devolviera al Monasterio de Sijena (Huesca) obras de arte depositadas en el Museo de Lleida.

El ministerio público pide la misma pena para el también exconseller de Cultura Santi Vila, aunque en su caso la causa la ha asumido un juzgado ordinario, al no ser aforado, y además ha pedido que se le aplique la amnistía al considerar que los hechos están vinculados al proceso independentista.

El TSJC ha fijado el juicio a Puig para los días 21 y 22 de noviembre, en los que tendrá que comparecer mediante videconferencia desde Bruselas, una vez se ha cursado una orden europea de investigación para que pueda declarar desde el órgano judicial correspondiente a su lugar de residencia.

La sala civil y penal del TSJC ha advertido asimismo de que en caso de ausencia "injustificada" de Puig en su comparecencia telemática el juicio podría no suspenderse y continuar con su celebración, según lo previsto en la ley de enjuiciamiento criminal, que permite que en delitos como la desobediencia se pueda juzgar en ausencia del acusado.

La Fiscalía y el Ayuntamiento de Vilanueva de Sijena, que ejerce la acusación particular, sostienen que tanto Vila, como posteriormente Puig -que le relevó en el cargo-, obstaculizaron la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huesca por la que se les ordenaba, en su condición de miembros del ejecutivo catalán, trasladar determinadas obras de arte desde el Museo Nacional de Arte de Cataluña al Monasterio de Sijena.