Sociedad

El Boletín Oficial de Aragón publica la prórroga de los presupuestos de Aragón de 2024

El documento económico actual se mantendrá vigente hasta que se apruebe el nuevo en 2025

Imagen de la fachada principal del Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón

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Huesca

Las cuentas del Gobierno de Aragón para 2025 serán las de 2024 hasta que se apruebe el nuevo presupuesto. El Boletín Oficial de Aragón publica este 31 de diciembre la Orden por la que se determinan las condiciones a las que se ajusta la prórroga del documento económico del presente año y que va a entrar en vigor el 1 de enero. Esta se mantendrá en plena vigencia hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos de 2025.

Este hecho no es extraordinario y está contemplado en el ordenamiento jurídico como un mecanismo que permite a la Administración autonómica garantizar la gestión de sus políticas en todos los ámbitos y competencias que tiene atribuidas. Así, en 2015, el presupuesto se prorrogó hasta febrero de 2016; en 2016, hasta el 18 de mayo de 2017; el de 2017, hasta el 9 de marzo de 2018 y el de 2018 fue para todo el 2019.

El Estatuto de Autonomía de Aragón y la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) establece que cuando el presupuesto no se apruebe antes del primer día del ejercicio económico correspondiente se prorrogan con carácter automático los créditos iniciales aprobados para 2024, salvo los créditos para cobertura de gastos correspondientes a objetivos y programas cuya vigencia temporal finalice en el actual ejercicio presupuestario.

La prórroga presupuestaria afectará a todos los entes e instituciones recogidas en el artículo 1 de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y afecta a todos los créditos del estado de ingresos y gastos, que se prorrogarán por su importe inicial. La cuantía del presupuesto prorrogado consolidado asciende a 8.546.300.921,43 euros.

Por lo que respecta a los organismos, empresas y otras entidades públicas que no se integran en el presupuesto consolidado y que se financian con transferencias, corrientes o de capital, procedentes de las secciones presupuestarias no podrán ejecutar gastos en sus presupuestos por encima de los correspondientes créditos prorrogados desde los que se financian. No obstante, si el importe de los ingresos estimados fuera inferior a las previsiones iniciales prorrogadas, se procederá a bloquear créditos en el estado de gastos por el importe de la cantidad excedida, con el objeto de mantener el equilibrio presupuestario.

 
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