El Supremo confirma que las pinturas murales de Sijena deben volver a Aragón
El alcalde de Villanueva de Sijena, afirma que es el momento esperado. Ahora hay que saber cómo y cuándo será el traslado.
José Jaime Catellón, alcalade de Sijena
Huesca
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca que, a su vez, confirmó la estimación de la demanda y condenó al Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) a restituir a la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena las pinturas murales que fueron extraídas.
La demanda se interpuso por el Gobierno de Aragón en ejercicio de sus competencias y por cesión de acciones por la Comunidad Religiosa titular del Monasterio de Sijena, y se personó el Ayuntamiento de Sijena en calidad de demandante.
El alcalde de Villanueva de Sijena, José Jaime Castellón, hacía una primera valoración muy positiva de la sentencia. Afirmando que es el momento esperado. Ahora quería saber cómo y cuándo se realizará el traslado.
En recientes fechas y en los micrófonos de Radio Huesca – Cadena SER el director general de Cultura del Gobierno de Aragón, Pedro Olloqui, hablaba sobre las pinturas afirmando que Aragón está preparada para ir a buscar las pinturas, aunque la primera opción siempre son los técnicos del MNAC.
Pedro Olloqui, director general de cultura del Gobierno de Aragón
El presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón, ha publicado en la red social X “En febrero de 2014 el gobierno de Luisa Fernanda Rudi inició el proceso judicial para recuperar las pinturas de la sala capitular del monasterio de Sijena. Acabamos de conocer hoy la sentencia del Tribunal Supremo que zanja categóricamente el litigio a favor de los aragoneses y la integridad de su patrimonio cultural. Siento una inmensa satisfacción que se verá culminada cuando podamos contemplar las pinturas en su emplazamiento original.”
Sentencia histórica
El abogado Jorge Español calificaba la sentencia como “histórica” y afirmaba que “este pleito, jurídicamente hablando es el más importante en la historia de Aragón y de Cataluña. Y no habrá un pleito similar en muchos siglos”.
Sobre los plazos afirmaba que se ha dado un plazo de 20 días hábiles para su devolución. Aunque no descartaba que tenga que ser por la fuerza.
Jorge Español, abogado de Sijena
Sentencia
El Supremo confirma, en primer lugar, el derecho del Ayuntamiento de Sijena a personarse en esta causa, así como la legitimación del Gobierno de Aragón para ejercitar la acción reivindicatoria como cesionaria de los derechos por la titular de las pinturas, que es la comunidad religiosa constituida sobre el Monasterio de Sijena.
Sobre el núcleo del recurso, el Supremo concluye que la acción reivindicatoria ejercida por el Gobierno de Aragón no ha prescrito, basándose en la jurisprudencia que deriva de una sentencia de 2012 de este mismo tribunal, que establece que la acción reivindicatoria no se extingue si el demandado no ha regularizado la posesión del bien.
En este caso concreto, considera que el MNAC no es dueño de las pinturas, sino que los murales fueron "arrancados" de la sala capitular del Monasterio de Sijena e ingresaron en el museo mediante depósito.
Sobre el título que legitimaría al MNAC a poseer las pinturas, se trata de un documento-contrato que no se ha acreditado y, quien figura en él, es la priora del Monasterio de Valldoreix, que no representaba al Monasterio de Sijena.