Cinco abogadas zaragozanas piden que su colegio profesional adopte un nombre inclusivo, Colegio de la Abogacía
Su demanda ha llegado a los tribunales con una primera sentencia desfavorable, que van a recurrir porque sostienen que el colegio tiene la obligación legal de promover la igualdad

Entrevista Idoya Echauri, abogada
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Zaragoza
Cinco abogadas zaragozanas han solicitado el cambio de nombre de su colegio profesional para que su denominación sea inclusiva. Piden que se llame Colegio de la Abogacía en lugar de Colegio de Abogados, aunque su denominación correcta es Real a Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ).
Todo comenzó cuando el colegio ha modificado sus estatutos y ha aprovechado ese proceso para someter a votación entre los colegiados el posible cambio de nombre a partir de la demanda de las cinco abogadas. El resultado fue negativo y, para estas profesionales, esa votación no debería haberse producido, puesto que —según defienden— el uso de lenguaje inclusivo ha sido reconocido como una obligación derivada de la legislación vigente. Al considerar que se vulnera el principio constitucional de igualdad, las abogadas han presentado un contencioso que ya ha pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza.
La sentencia, emitida el pasado 27 de octubre, ha reconocido que el uso inclusivo del lenguaje sería razonable, pero ha concluido que no existe obligación legal directa para imponerlo. Ante esta interpretación, las abogadas han decidido recurrir. Tal y como ha explicado Idoya Echauri, una de las abogadas demandantes a Hoy por hoy Zaragoza, el recurso ha quedado terminado y ha sido registrado esta misma mañana.
Echauri ha recordado que numerosos colegios profesionales en España —como los de Madrid o Barcelona— han adoptado la denominación inclusiva sin necesidad de votaciones, simplemente cumpliendo la normativa estatal y los estatutos generales de la abogacía. A su juicio, colegios como los de Zaragoza o Sevilla han actuado de manera no solo innecesaria, sino contraria a derecho. “Los derechos fundamentales no se votan”, ha insistido, aludiendo a que la obligación de promover activamente la igualdad ha sido recogida de forma clara para las entidades de carácter público.
La abogada también ha explicado que la legislación de igualdad ha impuesto a las administraciones y a los entes del sector público el uso del lenguaje inclusivo, y que un colegio profesional, por sus funciones constitucionales, ha debido cumplir esa exigencia. La sorpresa ante la sentencia, por tanto, no ha sido grande, puesto que en Sevilla y Ávila se han producido resoluciones similares, donde los jueces han reconocido la lógica del argumento, pero no han apreciado obligatoriedad legal explícita.
Echauri ha subrayado que la cuestión no depende del género de quienes juzgan o votan, sino de una sociedad que todavía no ha asumido la necesidad de actuar de forma activa en favor de la igualdad. También ha señalado que la resistencia del colegio zaragozano contrasta con otros ejemplos cercanos, como el Colegio de la Psicología de Aragón, que sí ha realizado ese cambio de denominación, concretamente en 2016.
Finalmente, la abogada ha lamentado que la votación interna haya frenado un avance que consideran obligatorio y que, además, no ha supuesto grandes alteraciones: ni cambios de dominio ni modificaciones complejas. Solo —ha dicho— “llamar a las cosas por su nombre y visibilizar a las mujeres abogadas”.




