Sociedad

¿España necesita una ley que regule las estaciones de esquí?

 

Una regulación con rango de ley dotaría al sector de mayor seguridad jurídica, mejores estándares de seguridad y una mayor claridad tanto para operadores como para usuarios.

operadores como para usuarios.

Mapa-ubicación de las estaciones de esquí en España

HUESCA

Las estaciones de esquí en España conforman un sector turístico y económico clave en numerosas comarcas de montaña: desde los Pirineos hasta la Cordillera Cantábrica y Sierra Nevada. Sin embargo, y aunque su importancia es indiscutible, España no cuenta con una ley específica que regule integralmente estas instalaciones y su funcionamiento.

A diferencia de otros países europeos, donde la normativa que rige las estaciones es más detallada, en España el sector opera bajo un conjunto de reglamentos dispersos, normas de transporte y ordenanzas sectoriales, sin una ley marco que unifique requisitos, seguridad, responsabilidades, uso de pistas o servicios mínimos.

En España, queda claro que no existe una regulación adecuada que defina claramente el ámbito de los dominios esquiables ni norma legal que regule comportamiento y responsabilidades, y que actualmente se limita a un código de buenas prácticas elaborado por ATUDEM.

Esta carencia en una ley provoca confusión sobre qué parte de la estación está regulada y qué no y abre la puerta a inseguridad jurídica en casos de accidentes o incidentes fuera de pista.

Un ejemplo sencillo, para usar una moto en España es necesario usar casco, en el esquí usar casco no es obligatorio.

Desde 2006 se viene hablando de una ley o marco legar general coordinado entre administraciones) para garantizar, entre otras cosas:

  1. Autorizar y definir centros de esquí.
  2. Delimitar dominio esquiable y responsabilidades.
  3. Regular seguridad, aforos y conducta de usuarios.
  4. Exigir seguros obligatorios.
  5. Homogeneizar señalización.

Estas propuestas fueron parte de una ponencia parlamentaria que nunca se cristalizó en ley, y desde entonces el sector ha seguido funcionando sin un marco legal estatal propio.

Marco normativo actual: reglamentos y vacíos legales

1. Ausencia de una ley específica

Aunque existe desde hace décadas discusión parlamentaria sobre la importancia de dotar al sector de una ley, ninguna legislación específica ha sido aprobada. En los debates de 2006 en el Senado y el Congreso se recogió expresamente que:

Las estaciones se mencionan en el Real Decreto 1.211/1990 dentro del contexto del transporte terrestre, pero solo hasta cierto punto, y no hay un desarrollo completo de su regulación.

En los informes de las Cortes se señalaba que la regulación existente es “insuficiente” en aspectos clave como la definición de estación, aforos, normativa de uso de pistas, señalización, seguridad y responsabilidad de los distintos agentes (gestores, usuarios, escuelas de esquí).

2. Reglamentos internos como referencia

En ausencia de una ley estatal, la mayoría de las estaciones —especialmente las asociadas a la Asociación Turística de Estaciones de Esquí y Montaña (ATUDEM)— se rigen por reglamentos internos de funcionamiento elaborados por la propia asociación, que intentan servir de marco de mínimos comunes para sus miembros.

Sin embargo, estos reglamentos no sustituyen una normativa con rango de ley y, aunque son reconocidos por tribunales en ciertos aspectos, no tienen carácter obligatorio para todas las estaciones ni en todos los ámbitos de regulación (sanciones públicas, policía en pistas, seguridad en el medio natural).

3. Qué se regula (y qué no) hoy en España

Regulación técnica parcial

Las estaciones de esquí están vinculadas a la normativa general sobre:

Instalaciones de transporte por cable (normativa técnica y de seguridad de remontes).

Seguridad laboral y normativa de riesgos laborales para empleados.

Normas municipales o autonómicas de turismo, servicios y explotación.

Pero esta regulación no cubre de forma explícita y unificada aspectos como:

No existe regulación unificada de:

Definición y clasificación de estaciones según servicios, aforos o capacidades.

Normas específicas de uso de pistas, limitación de velocidades, circulación de esquiadores, o coexistencia con actividades no reguladas.

Planes de seguridad, evaluación de riesgos, evacuación o intervención en casos de aludes o incidentes complejos.

Policía en pistas o figuras equivalentes de autoridad específica dentro de la estación.

Conductas sancionables tanto de usuarios como de gestores especificadas de manera uniforme.

Debates parlamentarios y propuestas históricas

Desde 2006 se viene debatiendo en el Parlamento la necesidad de una ley marco para las estaciones:

En la VIII Legislatura (2004-2008) se elaboraron informes técnicos y propuestas de normativa que defendían un “marco unificado” para estaciones de esquí, con objetivos claros de seguridad, ordenación y relaciones entre usuarios y gestores.

Estos debates hicieron hincapié en la mejora de la seguridad jurídica y la clarificación de responsabilidades ante accidentes o fallos de instalaciones, que hoy se enfrenta a un mosaico de normas contradictorias o incompletas.

¿Y qué propone la investigación actual?

Un estudio de la Universidad de Granada destaca la falta de regulación pública específica sobre la seguridad en las estaciones y aboga por una ley estatal que:

Establezca “códigos de conducta” con criterios comunes.

Obligaciones claras para administraciones, gestores y usuarios.

Mejore la formación y la gestión del riesgo.

Esto refleja una visión técnica y moderna, que busca no solo seguridad sino también sostenibilidad y alineación con objetivos como los de la Agenda 2030.

Comparativa: regulación europea

En países como Francia, Italia o Austria:

Sí existen regulaciones mucho más detalladas sobre el funcionamiento de estaciones, seguridad en pistas y conductas sancionables.

En Francia, por ejemplo, normas recientes regulan incluso comportamientos como prohibiciones de fumar dentro de estaciones por razones sanitarias o ambientales.

Esto contrasta con España, donde aspectos similares quedan en manos de reglamentos internos y decisiones locales o autonómicas, sin un marco estatal común.

Conclusión: estado actual en España

Las estaciones de esquí funcionan y operan plenamente bajo normativa dispersa, reglamentos internos y legislación técnica en áreas específicas.

Pero no hay una ley estatal que regule integralmente las estaciones de esquí: su definición, clasificación, seguridad pública, obligaciones de gestión, aforos, policía en pistas o codificación de conductas sancionables.

A pesar de que el tema lleva décadas de debate y ha estado sobre la mesa en numerosas ocasiones (Senado, Congreso, asociaciones sectoriales), no se ha aprobado una ley a día de hoy.

El consenso técnico apunta a que una regulación con rango de ley dotaría al sector de mayor seguridad jurídica, mejores estándares de seguridad y una mayor claridad tanto para operadores como para usuarios.

José Luis Rodrigo

Desde 1983, primero en Radio Jaca y después en...