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El MNAC tiene 56 semanas para devolver las pinturas de Sijena

Pedro Olloqui, director general de Cultura, habla ante los medios sobre la última resolución judicial que da a Cataluña ese plazo

Rueda de prensa del Gobierno de Aragón sobre las pinturas de Sijena

Huesca

El Juzgado de Primera Instancia de Huesca ha fijado un plazo máximo de 56 semanas para que el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) ejecute la devolución de las pinturas murales del Monasterio de Villanueva de Sijena, en cumplimiento de la sentencia firme que ordena su restitución al cenobio oscense.

Así lo establece una providencia dictada el 10 de abril de 2026 por la magistrada Rocío Pilar Vargas Magallón, titular del Servicio Común Procesal de Ejecución de Huesca, dentro del procedimiento de ejecución de títulos judiciales iniciado tras la negativa del museo catalán a materializar el traslado de las obras.

Rechazo a dilatar la ejecución

El juzgado recuerda que el objeto de la ejecución es “la devolución de las pinturas al Monasterio de Villanueva de Sijena, en los términos exactos establecidos en el título ejecutivo”, una sentencia confirmada por el Tribunal Supremo. En este sentido, la resolución rechaza que se pueda “desdibujar o relativizar” la obligación impuesta, pese a las reiteradas advertencias del MNAC sobre la fragilidad de las obras y la complejidad técnica de su traslado.

La magistrada subraya que ya en el procedimiento declarativo quedó acreditada la viabilidad del traslado, siempre que se adopten las medidas de conservación adecuadas, citando informes periciales que descartan que el movimiento de las pinturas implique necesariamente su pérdida.

La Sala Capitular cumple los requisitos

La providencia también recoge un informe de la Jefatura del Servicio de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón que concluye que la Sala Capitular del Monasterio de Sijena reúne actualmente las condiciones estructurales y climáticas necesarias para acoger las pinturas murales como espacio expositivo.

Este extremo refuerza la tesis sostenida por la Administración aragonesa y por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena frente a los argumentos del MNAC, que había puesto en duda la idoneidad del destino final de las obras.

Calendario ajustado y control judicial

El plazo de 56 semanas responde, esencialmente, al cronograma presentado por el propio MNAC, aunque el juzgado introduce reducciones en las tres primeras fases —estudios previos, evaluación de riesgos y evaluación metodológica— al considerar que parte de esos trabajos ya están realizados o pueden solaparse.

La resolución establece además que el coste del desmontaje y traslado deberá ser asumido íntegramente por la parte ejecutada, que también deberá justificar de forma documentada el cumplimiento de cada fase del calendario. El incumplimiento total o parcial del cronograma permitirá a la parte ejecutante instar la ejecución directa, a costa del MNAC.

Posible comisión de expertos

El órgano judicial deja abierta la puerta a que las partes puedan constituir una comisión de expertos, una posibilidad impulsada por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, con el objetivo de consensuar un cronograma alternativo. En todo caso, dicho calendario no podrá superar el límite máximo de 56 semanas fijado por el juzgado.

Asimismo, se autoriza una nueva inspección técnica en el MNAC por parte de un especialista designado por el Ayuntamiento, limitada estrictamente a las salas 16 y 17 del museo, donde se encuentran las pinturas objeto de la ejecución.

Recurso sin efectos suspensivos

Contra la providencia cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles, aunque su interposición no suspenderá la ejecución de lo acordado.

Con esta resolución, la Justicia da un nuevo paso para desbloquear definitivamente uno de los litigios patrimoniales más prolongados y controvertidos de los últimos años, reafirmando la obligación del MNAC de devolver a Aragón las pinturas murales de Sijena y poniendo fecha límite a su cumplimiento efectivo.