Alcolea de Cinca regula el estacionamiento de autocaravanas
Las faltas muy graves supondrán multas de hasta 1.000€
El Ayuntamiento de Alcolea de Cinca ha aprobado inicialmente la ordenanza municipal para regular el funcionamiento del espacio habilitado para el estacionamiento y pernocta de autocaravanas y vehículos homologados similares.
El objetivo es ajustar la movilidad, espacio y rotación conforme al Reglamento General de Circulación, reservando el entorno paisajístico y las zonas protegidas, sin perder los derechos adquiridos como vehículos automóviles.
Alcolea recuerda que sólo podrán estacionar en el espacio habilitado los vehículos automóviles, reconocidos como autocaravanas o furgones camper (homologados como vivienda)
El tiempo máximo permitido de estacionamiento será de 96 horas seguidas en un período de 15 días, salvo cuando el área tenga plazas libres y se autorice expresa y excepcionalmente por el Ayuntamiento en casos de fuerza mayor o necesidad.
El primer acceso puede ser de 96 horas seguidas, es decir, 4 días. La Ordenanza recoge una serie de infracciones que van de leves a muy graves.
Las sanciones leves pueden ser conllevar el pago de multas de hasta 200€, las graves hasta los 500€ y las muy graves hasta los 1.000€.
La ordenanza se encuentra en exposición pública, tras su aprobación en el pleno, durante 30 días. Si, transcurrido ese plazo no hay alegaciones, entrará en vigor.