El juez de Barbastro desestima tres alegaciones de la Generalitat en el litigio por los bienes
Carlos Lobón ha desestimado las alegaciones sobre la competencia de la jurisdicción civil, la cosa juzgada y que la Generalitat sea parte principal


El juez titular del Juzgado nº1 de Barbastro, Carlos Lobón, ha desestimado las tres alegaciones presentadas por la Genetralitat de Cataluña sobre la demanda civil del Obispado de Barbastro-Monzón contra el Obispado de Lérida y el Consorcio del Museo a quien reclama la devolución de 111 obras propiedad de las parroquias aragonesas que siguen en depósito en Lérida. En la práctica, esto supone que se retrasará unos días más la publicación de la sentencia ya que antes deberán resolverse los recursos que, previsiblemente, volverá a presentar la Generalitat.
Joaquín Guerrero, abogado del obispado de Barbastro Monzón, afirma que el rechazo a estas alegaciones es “una buena noticia” para los intereses de la diócesis altoaragonesa, aunque recuerda que “hay que esperar a la sentencia”. Para Guerrero, las alegaciones de la Generalitat responden a su táctica de “retrasar la publicación de la sentencia” y considera que los argumentos del juez para rechazar las alegaciones son “muy sólidos”.
ENTRA CORTE guerrero 3 alegaciones
La Generalitat de Cataluña planteaba que ni la jurisdicción civil ni el juzgado de Barbastro eran competentes para resolver este litigio, algo que ha rechazado el juez Lobón. El juicio se celebró durante los días 16 y 17 de mayo en Barbastro y Carlos Lobón declara “competente la jurisdicción civil para tramitar y resolver sobre el dominio de los bienes discutidos” porque afectan a una disputa patrimonial de propiedad y por tanto es competencia de la jurisdicción civil.
Además, la alegación relativa a que el proceso sea “cosa juzgada” se desestima porque la Generalitat se basó en sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Cataluña, respecto a la Resolución Mieras. Sin embargo, el juez aprecia que en este procedimiento no fueron parte ni el Obispado de Barbastro-Monzón ni tampoco las parroquias aragonesas que reclaman la propiedad de las 111 piezas. Por lo tanto, no puede afectarles el efecto de “cosa juzgada” como pretendía la Generalitat ya que sufrirían indefensión al no ser parte del litigio.
Finalmente, la Generalitat volvía a solicitar ser parte principal del proceso y no parte coadyuvante, algo que también se ha desestimado puesto que la demanda civil se interpone al obispado de Lérida. De hecho, la Generalitat no alega derechos de propiedad sobre las piezas ni tampoco las tiene en depósito.
A partir de ahora, la Generalitat podrá recurrir esta resolución, lo que de nuevo puede alargar el proceso. El letrado Joaquín Guerrero afirma que “como muy pronto, la sentencia no podría llegar hasta el 15 de septiembre”, y recordaba la “complejidad” de un caso que cuenta con más de 21.000 folios de documentación.
ENTRA CORTE guerrero cuando sentencia




