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PATRIMONIO 

El juez desestima cuatro recursos sobre la sentencia de la devolución de los bienes religiosos

Rechaza tres recursos de Cataluña y uno de Aragón<br>

El magistrado del Juzgado número 1 de Barbastro ha desestimado tres recursos de reposición interpuestos por el Consorcio del Museo de Lérida, la Generalitat de Cataluña y el Obispado de Lérida y uno del Gobierno de Aragón, que afectan a la sentencia del 10 de diciembre de 2019 que ordena la devolución de 111 obras al Obispado de Barbastro-Monzón, representante legal de las 43 parroquias, propietarias de las obras de arte que están depositadas por el Obispado de Lérida en el Museo Comarcal y Provincial de Lérida.

La Generalitat defendía que el juez no tiene competencias administrativas en este conflicto. El juez desestima los recursos y reitera su competencia para tomar decisiones que afectan a la colección de las obras “protegidas” por la Administración Pública en el patrimonio cultural de Cataluña. En la actualidad, las actuaciones se supeditan a la decisión del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Supremo, para que resuelva sobre la jurisdicción del Juzgado de Barbastro y su magistrado Carlos Lobón.

Por su parte, el Gobierno de Aragón presentó recurso de reposición para alegar que no debió admitirse el conflicto de jurisdicción.

EL LITIGIO DE LOS BIENES RELIGIOSOS CUMPLE 25 AÑOS

El litigio por la devolución de los 111 bienes eclesiásticos pertenecientes a 43 parroquias de la Diócesis de Barbastro-Monzón cumple 25 años. El proceso canónico se inició en el año 1995 y terminó con el Decreto definitivo de la Signatura Apostólica de 28 abril de 2007. Todas las sentencias eclesiásticas y civiles siempre han dado la razón al Obispado de Barbastro-Monzón que representa a las 43 parroquias. El Obispado de Lérida ha incumplido los acuerdos adoptados.

El Obispado de Barbastro-Monzón, ante los reiterados incumplimientos del Obispado de Lérida, decidió llevar este asunto a la vía civil en febrero de 2018, con juicio celebrado en mayo del año pasado y sentencia favorable al obispado altoaragonés con fecha de 10 de diciembre de 2019. El juez ordenó al Obispado de Lérida la devolución de manera inmediata de los bienes a la diócesis de Barbastro-Monzón. La sentencia estimó de forma contundente la demanda de la parte altoaragonesa y desestimó los recursos presentados desde Lérida.

Después de varios recursos presentados por el Consorcio del Museo de Lérida y la Generalitat,  el asunto ha llegado hasta el Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Tribunal Supremo, tras la decisión del juez Carlos Lobón de no inhibirse en la competencia territorial que reclama la Generalitat.

El conflicto de jurisdicción presentado por la Generalitat se remitió al Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción para que resuelva tras la decisión del Juzgado de Barbastro mientras la Generalitat defiende lo contrario.

En espera que se resuelva el conflicto sigue la suspensión de actuaciones del procedimiento y no es posible al Obispado de Barbastro-Monzón pedir la ejecución provisional de la sentencia.

El origen y desarrollo del pleito

La diócesis de Barbastro-Monzón se creó en 1995 al incorporar parroquias de la zona oriental de Aragón que hasta entonces pertenecían a la diócesis de Lérida. Al incluirse las parroquias, se solicitó que se entregaran sus bienes, algo que nunca se llegó a hacer. Este litigio comenzó el 7 de agosto de 1998, cuando el obispo de Lérida, Ramón Malla, interpuso un recurso contra el decreto del nuncio ente la congregación para los obispos. Dicho decreto disponía que los bienes de los que eran propietarias las parroquias desmembradas permaneciesen en Lérida a título de depósito. De reclamarlos las parroquias aragonesas propietarias se deberían devolver.

Por decreto de 8 de septiembre de 2005, la congregación para los obispos determinó qué bienes depositados en el museo debían entregarse y cuáles no. El decreto fue confirmado en abril de 2007 por el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica y la restitución debía efectuarse en el plazo de treinta días, lo que se incumplió.

El 30 de junio de 2008, el obispo Alfonso Milián y el administrador apostólico de Lérida, Javier Salinas, firmaron el primer acuerdo para la devolución del patrimonio histórico-artístico. Los obispos reconocieron la propiedad de las parroquias aragonesas. El obispado de Lérida, en reiteradas ocasiones, ha incumplido los acuerdos adoptados.

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En noviembre de 2011, el nuncio del Papa, Renzo Frattini, confirmó que los bienes serían devueltos a Aragón en un plazo de seis a doce meses.

Las resoluciones han sido reiteradamente recurridas y sin éxito por el obispado de Lérida en otras instancias vaticanas, como el Tribunal de la Rota y la Congregación de Obispos. Una orden de devolución, por otra parte, que los sucesivos obispos de Lérida han asegurado no poder cumplir al estar los bienes incluidos en el patrimonio histórico de Cataluña y bajo la tutela del Consorcio del Museo de Lérida.

 

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