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El juzgado obliga a los bomberos a cumplir la instrucción de la concejal

El sindicato ha anunciado que no recurrirá pero señala que el Ayuntamiento no ha hecho las adaptaciones que pide la Ley del Fuego 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Huesca ha desestimado la demanda presentada por el Sindicato Profesional de Bomberos de Aragón contra el Ayuntamiento de Huesca sobre una instrucción dada por la concejala delegada del Servicio Municipal de Prevención y Extinción de Huesca, Ana Loriente

La sentencia, según informa el Ayuntamiento de Huesca,  confirma la Instrucción en la que la concejala delegada pedía al jefe de Bomberos que completara, mediante el procedimiento y el protocolo previsto, la dotación de personal necesaria para prestar el Servicio de forma correcta ante la no asistencia de un trabajador a su puesto por motivos de fuerza mayor y concretaba así, por lo tanto, las obligaciones de los bomberos.

Desde el sindicato ya se ha informado que no se va a recurrir esta sentencia pero señalaba que en su opinión no entra en el fondo de la instrucción. Afirma que el juez le da la razón al consistorio en su petición pero en la demanda del sindicato lo que dice es que es se debería haber impugnado el reglamento en su día. El problema, señalan fuentes sindicales es que este reglamento es de 2003 y la ley de fuego de 2013. En este ley se piden que se adapten sus reglamentos internos a la nueva ley del Gobierno de Aragón. Y el Ayuntamiento no ha hecho esa adaptación. 

Tal y como recoge la sentencia, “nada en la Instrucción excede de lo previsto (…) ni implica nada más que fijar el protocolo concreto del modo en que debe proceder el jefe de Servicio para suplir la ausencia de un bombero llamado a la guardia” señala el Ayuntamiento. 

Además, el Juzgado incide en que la Instrucción no implica “ni siquiera de forma indirecta” la menor disposición sobre calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos y movilidad geográfica.

 

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