Entre las medidas decretadas para los autónomos, acogerse a una ayuda mínima de 950 euros
Desde la Delegación del Gobierno de Aragón explican todas las medidas a las que se pueden acoger los autónomos <br>


En una carta remitida a las principales organizaciones de los trabajadores por cuenta propia, la Delegación del Gobierno ha querido aclarar dudas acerca de las medidas decretadas por el Gobierno de España de ayudas a los autónomos. La delegada del gobierno en Aragón, Pilar Alegría, insistía en la importancia de este grupo para sostener la economía española.
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Desde el pasado 15 de marzo y durante al menos un mes, los autónomos podrán optar a una ayuda mínima por valor de 950 euros. No tendrán que abonar la cuota mensual y, además, se abonará el 70% de su base reguladora, con un mínimo de 661 euros, lo que unido a la exención de la cuota se traduce en un beneficio mínimo valorado en 950 euros.
A esta línea de ayudas pueden acogerse también aquellas personas que no hayan cotizado el periodo mínimo para tener derecho a la prestación. En este caso percibirán el 70% de la base mínima.
La condición indispensable para todos los casos es hallarse al corriente de pagos, aunque se habilita un plazo de 30 días naturales para regularizar esta situación, lo que dará derecho a la prestación completa.
Pueden acogerse a estas ayudas aquellas personas cuya actividad quede suspendida con la declaración del estado de alarma o quienes sufran una disminución de ingresos, en el mes en que se solicita la prestación, de un 75% con respecto al promedio mensual correspondiente al semestre anterior.
Por otra parte, también se ha flexibilizado el pago de las cuotas de los autónomos. Ha habilitado una serie de aplazamientos de hasta seis meses sin recargo o con unos intereses muy ventajosos, según el caso. Además, el acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad para profesionales del campo y de la cultura se ha facilitado.




