Nueva normativa para que los menores puedan viajar fuera del territorio nacional
A partir del 1 de septiembre, los menores que viajen solos fuera del país, precisarán del DNI o Pasaporte y una declaración firmada por un progenitor


La Policía Nacional informa de que a partir del 1 de septiembre de este año, los menores de 18 años que no vayan acompañados en viajes fuera del territorio nacional, precisarán además de DNI o Pasaporte en vigor, una declaración firmada por uno de los padres.
Esta medida se corresponde con la especial atención a la protección de los menores, los cuales cada vez realizan más salidas no nacionales por estudios, actividades deportivas, ocio… y la diversidad de situaciones que pueden sufrir por su condición de menores como trata de seres humanos, secuestros parentales….
El DNI del menor será necesario en caso de que el viaje sea fuera del territorio nacional y dentro de la UE, Espacio Económico Europeo y Confederación Helvética. Por su parte, el Pasaporte será obligatorio en caso de que el viaje sea fuera de dichos territorios.
La declaración firmada por uno de los progenitores que permite viajar al menor español fuera del país podrá ser tramitado dentro de cualquier dependencia de la Policía Nacional. No será necesaria en caso de que el menor viaje con cualquiera de sus representantes legales (progenitores o tutores). Sí que será necesaria si el menor viajara en compañía de terceras personas distintas a las anteriores.
En el caso de los menores extranjeros que se encuentren en España, se necesitará el Pasaporte respectivo a su Estado o su Documento de Viaje en vigor, para conseguirlo deberá acudir a sus autoridades consulares.




