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Ya puedes consultar la orden que regula las nuevas restricciones

Desde este martes se permite la apertura en el interior de la hostelería al 30% y se prolonga el cierre del servicio no esencial a las 22.00

Ya se puede consultar en el Boletín Oficial de Aragón la orden que regula los nuevos cambios anunciados el pasado sábado por el ejecutivo regional. En ella, se especifica que todo Aragón cambia al nivel 3 de alerta sanitaria (ya no es agravada), una situación que mejora, donde más, en la hostelería, gimnasios o las actividades culturales.

En concreto, el interior de la hostelería reabre al 30%, aunque no se permitirá hacer uso de la barra y se mantienen agrupaciones de un máximo de seis personas. Las terrazas podrán servir al 100% de su capacidad, siempre que exista la distancia de dos metros entre cada agrupación de sillas y mesas.

Además, los gimnasios pueden abrir al 30%, y los que acudan a ellos deberán usar de forma obligatoria la mascarilla para practicar deporte. Las actividades dirigidas deberán ser como máximo de seis personas e igualmente se permite la apertura de vestuario y duchas de uso individual.

Las actividades culturales amplían su aforo al 50% y las actividades turísticas organizadas pueden realizarse en grupos máximos de 10 personas y las salas de juego pueden abrir con un aforo del 30%.

En cuanto a los mercadillos que se desarrollan en la vía pública, el número de puestos podrá alcanzar el 100% y el aforo no podrá superar el de una persona por cada cinco metros cuadrados.

Los ayuntamientos podrán autorizar la instalación de feria al aire libre, con una limitación de cuatro atracciones en cada recinto habilitado y un aforo máximo del 50% del autorizado en cada una de ellas; el recinto deberá contar con entrada y salida diferenciadas claramente y las atracciones deberán tener una separación suficiente para permitir el tránsito manteniendo las distancias interpersonales.

Respecto a los lugares de culto, el porcentaje de aforo máximo permitido queda fijado en el 50 por ciento desde las 00:00 horas del día 24 de diciembre de 2020 hasta las 24 horas del día 6 de enero de 2021. El día 24 de diciembre de 2020 podrá prolongarse la apertura hasta las 1.00 del día 25 de diciembre de 2020.

La hora de cierre de la actividad no esencial vuelve a situarse en las 22.00 en lugar de a las 20.00 que estipulaba el nivel anterior de alerta sanitaria.

La orden también refleja el protocolo en las residencias de ancianos, cuyos usuarios podrán cenar o comer con sus familiares los días más señalados de las fiestas, es decir, el 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, si han generado anticuerpos. Además, el número de personas por visita en las residencias se amplía a cinco, entre otras medidas.

 

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