Tribunales

Un hombre de 59 años acepta dos años de cárcel por abusar de su sobrina menor de edad

Los hechos se repitieron durante al menos dos años y la madre los denunció tras conocerlos a través del colegio

Ana Paula Avila / 500px

Asturias

Un vecino de Oviedo de 59 años ha alcanzado un acuerdo de conformidad por el que ha reconocido haber cometido un delito continuado de abusos sexuales sobre su sobrina y se le ha atenuado la pena por haber confesado los hechos y al haber abonado una indemnización a la menor con anterioridad al inicio de la vista oral que estaba señalada a puerta cerrada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.

El acusado ha mostrado su arrepentimiento por haber abusado sexualmente de su sobrina menor de edad durante al menos dos años hasta que su madre denunció los hechos tras conocerlos a través del colegio de la niña y ha aceptado una pena de dos años de cárcel. La Fiscalía ha apreciado la existencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño una vez que el acusado consignó 2.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles y entregó otros 2.000 euros a la acusación particular.

El acusado ha admitido que al menos entre 2017 y 2019 abrazaba a la menor por detrás, la vigilaba desde la puerta de una de las habitaciones de la casa cuando se cambiaba de ropa, se metía con ella en la cama y, en otras ocasiones, la tocaba a la altura de los genitales por encima de la ropa.

Según su declaración, estas actuaciones las llevaba a cabo cuando su sobrina, que actualmente tiene 16 años, se quedaba en su domicilio en Oviedo así como cuando pasaba alguna temporada de vacaciones y fines de semana en la casa del acusado en otro concejo, unos hechos que cesaron cuando la madre de la menor formuló la denuncia en diciembre de 2019, tras conocer de los hechos a través del colegio de la niña.

Tras admitir los hechos, el acusado recibirá una pena de dos años de prisión, no podrá acercarse a la menor a menos de 500 metros ni comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento verbal, escrito o telemático, en ambos casos por un periodo de siete años. Además, será inhabilitado para cualquier profesión y oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, sea o no retributivo, durante siete años y se le impondrá una medida de libertad vigilada durante otros seis.

 
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