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María José Vallaure, abogada.

19/05/2017

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El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente el pago de impuesto de plusvalía, recaudado por los ayuntamientos, en los casos en los que la vivienda se haya vendido con pérdidas; es decir, si el inmueble se ha vendido por menos valor del que se compró en su día. Esto abre las puertas a que miles de ciudadanos puedan reclamar a los consistorios la devolución de la tasa cobrada en los últimos cuatro años.

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