El TSJIB deniega la petición de Gijón de ordenar el ingreso en prisión de Penalva y Subirán pero les retira el pasaporte
Y les impone la obligación de comparecer cada 15 días.

El juez Manuel Penalva (c) y el fiscal Miguel Ángel Subirán (d), a su llegada a un juicio contra los investigados del caso Cursach, a 22 de junio de 2023, en Madrid (España). El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha retomado el juicio contra los investigadores del caso Cursach, entre ellos el juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán, que declararán en calidad de procesados y para quienes la Fiscalía solicita 118 y 121 años de prisión, respectivamente. En su escrito de más 30 páginas, la Fiscalía Anticorrupción atribuye Penalva y Subirán delitos de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, detención ilegal, prevaricación e inducción al falso testimonio. 22 JUNIO 2023;PALMA DE MALLORCA;CASO CURSACH;MALLORCA;BALEARES Isaac Buj / Europa Press 22/6/2023 / Isaac Buj

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha denegado la petición del abogado del exdiputado del PP Álvaro Gijón para que se ordenase el ingreso en prisión preventiva del juez Manuel Penalva y el exfiscal Ángel Subirán, pero les ha retirado el pasaporte y les impone la obligación de comparecer cada 15 días.
La Sala Civil y Penal del TSJIB ha emitido un auto en respuesta a la petición del político, que solicitaba celebrar una vista interesando modificar la situación de libertad provisional de Penalva y Subirán por la prisión preventiva. La petición se produjo después de que Penalva y Subirán fueran condenados a nueve años de cárcel por irregularidades en la instrucción de la macrocausa que englobaba el caso Cursach, el caso ORA y otras piezas.
El TSJIB considera que no concurren razones que justifiquen dicha solicitud, pero "con tal de anular cualquier mínimo riesgo que hipotéticamente pudiera derivarse del mantenimiento de su situación a la espera de que la sentencia gane firmeza" impone a los condenados medidas "menos aflictivas" que la prisión: la obligación de comparecer cada quince días ante el Tribunal y la retirada del pasaporte.
A la Sala le llama la atención que la solicitud de medidas cautelares se produzca ahora que los acusados han sido condenados a nueve años de prisión, cuando ni el fiscal ni el resto de denunciantes apreciaron riesgo de fuga a pesar de que en los escritos de acusación se solicitaban penas de más de un siglo de cárcel.
Además, los magistrados recuerdan que Penalva y Subirán han presentado recursos ante el Tribunal Supremo y entre los motivos de casación aducen una indebida aplicación del elemento de intimidación en los delitos de obstrucción a la justicia, y de estimarse podría dar lugar a una sustancial rebaja de la condena.




