La ley que limita la entrada de vehículos en Ibiza contempla multas de hasta 30.000 euros y acceso restringido a espacios naturales
Habrá cupos para los residentes en Formentera y los de Mallorca y Menorca tendrán que justificar su entrada por motivos laborales
Ibiza
La Iniciativa Legislativa que regulará la entrada de vehículos en Ibiza establece como afectará a los residentes en Ibiza o las personas con segunda residencia en Ibiza.
Para los primeros quedan excluidos de la regulación, excepto los que sean titulares de flotas de alquiler. Como requisito adicional, el Consell puede hacer una excepción en los casos en los que una misma persona sea titular de más de un vehículo que tampoco se vería afectado. Los ayuntamientos colaborarán en la identificación de los vehículos de residentes y remitirán cada año la relación de matrículas al Consell.
En cuanto a los propietarios de una casa en Ibiza, pero que no son residentes, podrán entrar pero solo con un turismo.
También la afectación para las personas que viven en Formentera, Mallorca o Menorca
Podrán entrar en Ibiza siempre que acrediten la necesidad de desplazarse por motivos laborales. Tampoco habrá restricción alguna para personas con movilidad reducida, vehículos oficiales, los de transporte de bienes o mercancías o los tractores o excavadoras.
Y como en el caso de Formentera eco habrá también cupos
Se establecerá para residentes en la Pitiusa menor y este cupo lo determinarán los datos históricos de afluencia de vehículos de Formentera a Ibiza para garantizar que sea suficiente.
En todos estos casos no se podrá circular sin haber obtenido antes la acreditación y si lo exige el reglamento, un distintivo sobre la regulación.
Habrá también acceso restringido a algunos espacios de la isla
Aquí se establece que para evitar daños o aglomeraciones en vías públicas en espacios con valores naturales, patrimoniales o paisajísticos y previo informe de los ayuntamientos se puede limitar la afluencia o el aparcamiento mientras que los vehículos de transporte público deberán ser prioritariamente de bajas emisiones.
Además, en suelo rústico se prohíbe el aparcamiento prolongado, durante más de tres días, en el mismo espacio, fuera de las zonas habilitadas.
Y está también el régimen sancionador
Para los casos leves, circular, sin que sea visible el distintivo o acceder a espacios con limitaciones, la multa será de 300 a 1.000 euros.
Los casos graves, circular sin autorización por las carreteras, manipular o falsear la acreditación o en el caso de los rent a car, tener más flota de lo permitido acarreará sanciones de 1.001 a 10.000 euros.
Y los reincidentes, la comisión de más de una infracción grave en el plazo de un año implicará multas de 10.001 a 30.000 euros. Contempla también la imposición de multas coercitivas
Capítulo específico también para las navieras
Están obligadas a informar a todos los usuarios cuando reserven o compren los billetes de la regulación y de las consecuencias de los incumplimientos. Además, deberá verificar durante el embarque que los vehículos con destino a Ibiza disponen de la preceptiva acreditación para entrar y circular por la isla.
Y sobre la tasa y el reglamento.
Dos meses después de la entrada en vigor de la Ley, el Consell debe aprobar la ordenanza fiscal de regulación y tendrá que aprobar en un plazo máximo de 18 meses el reglamento que regule su aplicación.
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Joan Tur
Redactor Radio Ibiza SER y jefe de SER Deportivos Ibiza. Desde la década de los 90 en la cadena. ...