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El TSJIB rechaza la petición de una familia de imponer el 25% de las clases en castellano

Los jueces sostienen que la pretensión de la familia no se basa en ninguna ley autonómica o estatal y sólo se fundamenta en las dos sentencias de Supremo y del Constitucional sobre Cataluña.

Fachada del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia y del TSJIB / EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

Palma

El Tribunal Superior de Justicia de las islas ha rechazado la petición de una familia de imponer el 25% de las clases de un colegio de Mallorca en castellano como lengua vehicular. La sala de lo contencioso administrativo rechaza aplicar las sentencias que el Tribunal Supremo y el Constitucional dictaron obligando a imponer en Cataluña un mínimo del 25% de las clases en castellano. Argumentan los jueces que esas sentencias se basaron en el sistema educativo catalán, que es diferente al balear.

La familia de un alumnos de un colegio de Mallorca había reclamado al Govern que el 25% de las clases en el colegio en el que estudiaba su hijo se impartieran en castellano. Sin embargo, la Conselleria lo denegó y ofreció a los padres la posibilidad de que reclamara ser escolarizado en esa lengua.

En la sentencia, los jueces sostienen que la pretensión de la familia no se basa en ninguna ley autonómica o estatal y sólo se fundamenta en las dos sentencias de Supremo y del Constitucional sobre Cataluña. Los magistrados creen que no se puede aplicar sin más esta jurisprudencia puesto que la respuesta que la administración catalana dio a la petición de los padres no fue la misma que en Baleares, donde se ofreció a los progenitores el derecho a recibir la primera enseñanza en castellano. Los jueces recuerdan que el sistema educativo balear no impide un modelo binario y que son los centros escolares los que desarrollan sus proyectos lingüísticos en base a la premisa de impartir el 50% de la enseñanza de lenguas troncales en catalán.

El Tribunal señala que el argumento de los padres de que el sistema educativo balear y catalán son idénticos no está justificado y no puede ser aceptado. Consideran los jueces que los padres no analizan las normas educativas de Baleares en su recurso y tampoco su articulado ni el tratamiento de las lenguas vehiculares. "La no exclusión de la lengua castellana como lengua vehicular nos lleva a reiterar que no advertimos motivos para cuestionar la posible inconstitucionalidad de la Ley Educativa de 2022" sostienen. El dictamen cuenta con un voto particular. La setencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.