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Siete personas se acogieron a la eutanasia en Canarias en el primer año en vigor

Cinco mujeres y dos hombres se han acogido a la prestación de ayuda para morir en las Islas. Hay dos solicitudes en estudio y otras dos peticiones cuyos expedientes se encuentran en proceso de inicio.

(Getty Images)

Canarias

El consejero de Sanidad del Gobierno canario, Blas Trujillo, ha informado este martes de que, tras el primer año de la aprobación y puesta en marcha de la Ley de eutanasia un total siete personas, de las que cinco son mujeres y dos hombres, se han acogido a la prestación de ayuda para morir.

Todas lo hicieron tras recibir el informe favorable de la Comisión de Garantía y Evaluación que la regula y tuvieron su origen en centros de la red pública del Servicio Canario de la Salud, según ha señalado Sanidad en un comunicado.

De ellas, cuatro se efectuaron en el ámbito hospitalario y tres en el propio domicilio del paciente, "siempre respetando la voluntad de la persona".

Además, hay dos solicitudes en estudio y otras dos peticiones cuyos expedientes se encuentran en proceso de inicio.

El consejero ha explicado que ley reconoce la asistencia médica para morir, como un derecho individual y gratuito, incluido en la cartera común de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, supervisado y realizado por profesionales sanitarios de manera "garantista".

Entre los requisitos para que las personas puedan solicitar la prestación se establece que han de ser mayores de edad, capaces y conscientes en el momento de la solicitud, sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante certificada por el médico responsable, y haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, con al menos 15 días naturales entre ambas.

Asimismo, la norma determina los deberes del personal sanitario que atienda a esas personas, definiendo su marco de actuación, y regula las obligaciones de las administraciones e instituciones concernidas para asegurar el correcto ejercicio del derecho reconocido.

La ley también articula la posibilidad de solicitar esta ayuda con antelación, para aplicarla en un momento posterior, en el que ya no se disponga de capacidad de obrar.

Este documento de instrucciones previas se denomina Manifestación Anticipada de Voluntad (MAV) y son inscritas en el Registro, con su correspondiente anotación en la Historia Clínica del SCS, tanto de Atención Primaria como de Especializada.

El consejero precisó que desde el inicio del Registro de MAV en Canarias, en 2007, se han inscrito 17.295 manifestaciones. De estas, 14.763 están activas actualmente y un total de 1.438 han sido registradas desde la entrada en vigor de la ley de regulación de eutanasia.

De estas últimas, en 892 casos se ha manifestado el deseo expreso de que sí se le administre la eutanasia (6 de cada 10), frente a 71 en las que se establece la voluntad expresa de su no aplicación, y 388 en las que no existe manifestación al respecto.

Asimismo, de las 14.763 manifestaciones vigentes, en 3.069 se ha registrado la voluntad de recibir la eutanasia, en caso de cumplir con los criterios establecidos en la Ley para su aplicación, frente a 170 en las que se ha registrado el deseo expreso del otorgante de que no se le administre la eutanasia.

 
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