El decano de los abogados cuestiona la actuación de la Fiscalía en el Caso Mediador
Fuentes de la Fiscalía aseveran que no procedía la petición de prisión para el exdiputado socialista, Juan Bernardo Fuentes
Canarias
El desencuentro y el malestar entre la judicatura ha invadido el palacio de Justicia y es el tema estrella en los mentideros y corrillos del ámbito judicial. La decisión de la magistrada que instruye el 'caso Mediador', María Lorenzo Cáceres Farizio, de hacer público un fragmento del auto en el que se decreta la libertad con cargos del exdiputado socialista, Juan Bernado Fuentes, continúan suscitando polémica. En este caso, el decano del Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, José Manuel Nierderleytner, en declaraciones a la SER, ha cuestionado la actuación del Ministerio Fiscal tras la declaración del considerado en las diligencias de investigación como principal cabecilla de la presunta trama de corrupción, Juan Bernardo Fuente, alias 'Tito Berni'.
En este punto, el decano considera que si bien "la magistrada ha sido muy clara aunque es verdad que si el fiscal, que es la parte personada no pide las cautelares, la juez no lo puede acordar" pero que el expresar (la jueza) "su opinión tal y como lo ha hecho pues nunca lo había visto y nos ha sorprendido a todos. Ahora, no me extraña porque es una magistrada que lleva mucho tiempo en el juzgado de instrucción con gran experiencia y que es la que mejor conoce, sin duda todo lo que se ha estado tramitando. La verdad es que sorprende y nos hace plantearnos dudas en cuanto a la actuación del fiscal que tiene una correspondencia jerarquica y que depende de alguna manera del poder Ejecutivo, al menos sorprende", señala Nierderleytner.
La Fiscalía se defiende
Por otra parte, tal y como adelantó la Cadena SER, el auto de la jueza ha causado una profunda indignación en la Fiscalía. De hecho, fuentes del Ministerio Público han señalado que el fiscal Anticorrupción, Jaime Serrano- Jover actuó acorde con la ley al no dar las condiciones necesarias para que el ex diputado socialista, Juan Bernardo Fuentes. Esas mismas fuentes consideran que el Ministerio Público no solicitó esa media al tener la certeza de que no hay riesgo de destrucción de fuentes de prueba. Concretamente, ese es uno de los requisitos que se contemplan en el artículo 503 del Código Penal en el que se establecen las condiciones para decretar una medida tan excepcional como la prisión cautelar. A pesar de que se ha apuntado la posibilidad de que la no adpción de las medidas cautelares pueda deberse a un presunto pacto establecido para colaborar con la Fiscalía en este caso,este es un extemo que ha sido desmentido con rotundidad por diferentes fuentes jurídicas consultadas.
Auto contundente
En el auto hecho público a instancias de la jueza se expresa su “discrepancia absoluta” con la decisión del fiscal anticorrupción, Jaime Serano-Jover quien no solicitó ninguna medida cautelar. La magistrada va un paso más allá y afirma que la puesta en libertad de Fuentes puede ver frustrada la investigación ya que existe un alto riesgo de destrucción de pruebas debido a la posición del investigado, sus ampliar relaciones y cargos políticos. Esta postura ha causado un profundo malestar en las altas esferas del Ministerio Fiscal en las Islas que tildan de inaudito el auto de la jueza.
La juez entiende que todas esas circunstancias "aconsejaban su ingreso en prisión y no su puesta en libertad, al menos en la fase actual de este procedimiento", ya que teme que la investigación pueda "verse frustrada por la medida de libertad solicitada y que por imperativo legal esta titular no puede dejar de acordar". Una de las normas fundamentales que rigen el proceso penal en España es el "principio acusatorio", que implica que un procesado no puede ser condenado por aquellos delitos de los que no se le acusa (por más que un juez observe indicios suficientes para hacerlo) y, en este caso, determina que no se puede tomar una medida restrictiva de derechos si ninguna de las partes personadas en la causa lo pide.