Ratificadas las penas a los asaltantes de una mujer octogenaria en el Puerto de la Cruz
Lingotes de oro, joyas y 100 euros en la cartera: el botín con el que pretendían hacerse los encapuchados

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Canarias / Archivo

Santa Cruz de Tenerife
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado las condenas de entre 11 años y 3 meses y 10 años y 6 meses de cárcel para tres hombres que asaltaron a una octogenaria en su vivienda en el norte de Tenerife, que, encapuchados y armados con un cuchillo, golpearon a la mujer y la maniataron y amordazaron. Todo ello con el propósito de apoderarse de unos lingotes de oro que guardaba en una caja fuerte que forzaron pero no pudieron abrir, con lo que su botín fueron joyas y 100 euros que tenía la mujer en su cartera.
Según se reconoce como hechos probados en la sentencia de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, ratificada por el alto tribunal canario, los asaltantes despertaron a la víctima, que dormía en su cama. La amenazaron con un cuchillo de cocina de 22 centímetros de hoja y 12 de mango y le asestaron "repetidos y violentos golpes" por el rostro, cabeza y cuerpo, además de apretarle fuertemente el cuello, ejerciendo presión "como para estrangularla". Además, emplearon cinta americana para maniatarla y amordazarla, para impedir que pudiera pedir auxilio, y así la dejaron cuando abandonaron la vivienda, ubicada en un hotel, sobre las 3.50 horas. Fue encontrada a las 9.00 horas.
Como consecuencia del asalto, la mujer sufrió un traumatismo craneoencefálico con conmoción cerebral e infarto hemorrágico subagudo de la zona occipital izquierda, con pequeñas acumulaciones de sangre por encima del área del infarto y en el occipital contralateral adyacente. Además de hematomas y excoriaciones. Lesiones que le provocaron como secuela una agravación de su estado previo: mayor deterioro cognitivo y de su capacidad funcional que han incidido negativamente en su calidad de vida.
Las defensas de los acusados recurrieron la sentencia original alegando la nulidad de la investigación por su carácter prospectivo, así como de los autos de intervención de sus teléfonos y de los informes periciales. También apreciaron una vulneración de la tutela judicial efectiva y de la presunción de inocencia; y una aplicación incorrecta del Código Penal respecto a dos de los delitos que les son atribuidos: robo violento con uso de armas y detención ilegal. El otro es de lesiones graves.
El Tribunal Superior de Canarias ha desestimado todas las alegaciones a la sentencia original, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.




