Tribunales

Condenado a 15 años y tres meses de cárcel el marido de Romina por matarla, descuartizarla y quemarla en Lanzarote

La abogada de la familia critica que la madre se haya enterado de la sentencia por medios de comunicación

El marido de la joven paraguaya residente en Lanzarote Romina Celeste Núñez, Raúl Díaz Cachón / Elvira Urquijo A. EFE

Las Palmas de Gran Canaria

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha notificado este viernes la sentencia que, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado el pasado martes, impone un total de 15 años, nueve meses y cuatro días de prisión al autor confeso de la muerte de Romina Celeste N.R., Raúl Díaz Cachón, de 46 años, como responsable de un delito de homicidio con las agravantes de parentesco y de género y la atenuante de reparación del daño (12 años, seis meses y un día de prisión); un delito de maltrato habitual (un año, nueve meses y un día de prisión); dos delitos de lesiones (seis meses y un día y nueve meses y un día por cada uno de ellos) un delito de profanación de cadáver (tres meses de prisión) y un delito de simulación de delito (multa de 1.080 euros).

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Además de las condenas penales, la sentencia impone al acusado, entre otras medidas, 10 años de libertad vigilada y la obligación de indemnizar con 260.000 euros a la madre y a los dos hijos de la fallecida, suma que ya ha abonado según aclara la propia resolución.

La sentencia declara probado que el acusado y la víctima a se conocieron en Madrid a finales de 2017 y a partir de entonces entablaron una relación sentimental, estableciendo su residencia en Lanzarote. Contrajeron matrimonio el 10 de agosto de 2018.

“Durante la relación”, relata, “con total desprecio por la integridad física y estabilidad emocional” de la víctima, “tanto en el domicilio como fuera de él”, el hoy condenado “la agredió en distintas ocasiones, además de tratarla con menosprecio, lo que generó en ella un estado de angustia y miedo insoportable.

El fallo relata varios episodios violentos y expone que el día 1 de enero de 2019, de madrugada, Raúl Díaz, “con intención de causar la muerte de Romina, o asumiendo esa posibilidad, la golpeó en distintas partes del cuerpo, y le dio muerte, sin que se hayan determinado los mecanismos de causación”.

Subraya la resolución que la mató “al considerarla un ser inferior con el que podía desatar su rabia, y ello por el hecho de ser una mujer joven, extranjera y sin recursos que ejercía la prostitución para mantenerse económicamente”.

Posteriormente, el acusado decidió deshacerse del cuerpo, y con tal fin puso el cadáver en una barbacoa y le prendó fuego. Después lo desmembró, introdujo los restos en bolsas de basura y las fue arrojando al mar. El 5 de enero “fue encontrado un pulmón de la víctima”, concluye el fallo.

Durante el juicio, el acusado admitió su crimen y manifestó su intención de no recurrir contra su condena y cumplir su pena.

Críticas de la acusación particular

La acusación particular, ejercida por la abogada Emilia Zaballos, se ha mostrado crítica con la forma de dar a conocer la sentencia "creo que alguien nos tiene que explicar cómo puede ser que a todos los periodistas le haya notificado la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y la madre se entere por los medios de comunicación, en vez de notificar primero a los abogados y a las partes y que la familia se entere por nosotros".

Zaballos se preguna si "esto también es normal dentro del sistema judicial, ¿se tienen que tolerar estas cosas?". Añade que tienen una copia de la sentencia porque se la han hecho llegar los periodistas.

Desde el TSJC se asegura sin embargo que la letrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, antes de entregarle la sentencia del "Caso Romina" a la Oficina de Comunicación, verificó que había sido notificada a todos los procuradores de las partes, y que estos habían acusado recibido de la misma.

 
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