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Barreto: "Lo que Europa dice es que esos interinos son fijos y no hay que hacer estabilización porque ya son fijos"

La consejera de Administraciones Públicas de Canarias afirma que la sentencia del TJUE lo único que requiere es que el Gobierno estatal diga cómo se les incorpora

Chris Ryan

La consejera de administraciones públicas del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, ha sido tajante respecto a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de los interinos en abuso de temporalidad: "Europa lo que dice es que son fijos y el Gobierno lo único que tiene que determinar es cómo hacerlos fijos". Según apuntó la consejera, lo que viene a decir el fallo del TSJUE es que "muy bien los procesos de estabilización pero es que no hace falta hacer nada porque ya son fijos". Además, apunta que eso ahorraría esos procesos, "que son muy engorrosos" y van con bastante retraso.

Barreto: "Estas interinos ya son fijos, el Gobierno solo tiene que decir cómo reconocerlos"

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Recordemos que la justicia europea cuestiona la ley española que se utiliza para estabilizar a los miles de empleados interinos que han acumulado años de antigüedad en sus puestos de trabajo sin que se les haya consolidado las plazas que ocupan. Advierte de que las indemnizaciones que contempla la ley para aquellos trabajadores temporales que no superen el proceso de estabilización son opuestas a la directiva comunitaria y que, por tanto, deben pasar directamente a fijos por el abuso de temporalidad al que se les ha sometido. Este fallo afecta a más de 800.000 interinos en toda España y a 25.000 en Canarias.

Reacciones

Los sindicatos en el Archipiélago han celebrado el pronunciamiento del alto tribunal europeo. En concreto, el Sindicato de Comisiones de Base de Canarias, comúnmente conocido como Co.bas Canarias, ha celebrado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que pide convertir en fijos a miles de trabajadores temporales públicos de larga duración que, solo en Canarias, podrían superar los 25.000 afectados.

La organización ha apuntado que estuvo meses concentrándose en la Plaza Dr. Rafael O'Shanahan, a la que llamaron “La Plaza de la permanencia”, para que la Presidencia del Gobierno de Canarias escuchara su reivindicación, convencidos de que “era cuestión de voluntad política” el que se pudiera llegar a un acuerdo que permitiera que este personal no tuviera que volver a opositar para mantenerse en su puesto de trabajo.

Docentes

En cuando a los sindicatos docentes, ANPE Canarias considera que la reciente sentencia confirma que las medidas puestas en marcha hasta ahora por las Administraciones Públicas en España para reducir la temporalidad en el empleo público son insuficientes. En todo caso, entienden que hay que tener prudencia a la hora de analizar sus efectos. El fallo es una respuesta a cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con el caso concreto de tres empleados concretos, personal laboral de la Comunidad Autónoma de Madrid, de la UNED y de la Agencia Madrileña de Atención Social, que es un organismo autónomo de la Comunidad de Madrid. Se ha de estudiar detenidamente si va a tener algún tipo de alcance general en España.

Desde ANPE, piden al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes que convoque la mesa sectorial con las comunidades autónomas para que analicen conjuntamente el posible impacto de la sentencia en el sector docente y ofrezcan una respuesta coordinada. "Nuestros servicios jurídicos van a analizar también al detalle la sentencia para examinar su posible efecto en el sector educativo no universitario de Canarias", agregan.

Por su parte, el STEC-IC se congratula de la claridad y contundencia de los términos con que se ha expresado el Tribunal de Justicia de Unión Europea (TJUE) y ha considerado que el fallo es demoledor. En definitiva, para el STEC, el TJUE viene a dictaminar que ni el proceso de estabilización es acorde con la Directiva Europea ni la indemnización establecida en la Ley 20/2021 es una medida disuasoria para evitar el abuso de temporalidad. Al mismo tiempo, determina que la conversión de temporal a fijo puede ser una medida adecuada y que, si es preciso, deberá modificarse la jurisprudencia si ésta se basa en una interpretación de las normas nacionales, incluida la propia Constitución, que resulte incompatible con la citada clausula 5.

En virtud de la citada sentencia del TJUE, el Gobierno del Estado tiene ahora la encomienda de iniciar cuanto antes un verdadero proceso de estabilización consistente en convertir de temporales a fijos todos los contratos de larga duración.

 
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