Sociedad

Canarias prohíbe las salas de apuestas cerca de los colgios

El decreto del Gobierno regional que entra en vigor este martes impedirá instalar salones de juego y apuestas en las inmediaciones de centros escolares para niños de 6 a 17 años en Canarias

Interior de una sala de juego (archivo). / Cadena SER

Las Palmas de Gran Canaria

Los salones de juegos y apuestas no podrán estar instalados en las inmediaciones de centros escolares para niños de 6 a 17 años en Canarias. Así lo establece en una de sus disposiciones finales el decreto ley sobre el acceso a la función pública de la Comunidad Autónoma publicado este lunes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Mediante este decreto, el ejecutivo canario determinará la zona de influencia en la que quedarán vetados los establecimientos dedicados a los juegos de azar y las apuestas, así como bares, cafeterías o establecimientos similares.

El decreto ley también establece una separación mínima de 200 metros en línea recta entre diferentes salones recreativos y de juegos; y de 75 metros si están ubicados en una misma planta de un centro comercial. Quedarán exentos aquellos salones recreativos y de juegos y salas de bingo que a la entrada en vigor de esta norma cuenten con autorizaciones vigentes, así como la renovación de las mismas.

El ejecutivo canario ve necesario adoptar medidas con carácter de urgencia para prevenir la concentración de locales de juego (salones recreativos y de juegos, bingos, locales de apuestas externas y casinos) en determinadas zonas geográficas al efecto de evitar la normalización ante los y las menores de edad.

"Resulta evidente que la sola prohibición de entrada a este tipo de establecimientos, así como de que participen en este tipo de actividades, siendo una medida imprescindible y eficaz, es insuficiente", añade el ejecutivo en el decreto ley publicado en el BOC, de ahí la necesidad de "alejar de los centros educativos" toda esa actividad.

Preocupación por juegos online

Sin embargo, las salas de apuestas ubicadas sobre todo en zonas urbanas y en muchas ocasiones en barrios humildes no es lo únio que preocupa a los expertos. Y es que el juego online en Canarias ha aumentado un 15% durante el último año, siendo esto dificil de regular para las autoridades. El fácil acceso y la poca restricción existente hacen del juego online un riesgo considerable para los menores. Oscar Lorenzo, coordinador de proyectos de la fundación Adsis recuerda que "la población adolescente y joven juega no es en el sitio físico sino online, es decir, puede jugar la partida mientras está en el domicilio. Para nosotros el riesgo está en que no se regula en esta práctica". Además, subraya que debe ser la Unión Europea (UE) quien regule esta actividad online al poder acceder cualquier país comunitario a las dirección con el dominio 'punto com'.

Oscar Lorenzo, coordinador de proyectos de la Fundación Adsis: "La población adolescente y joven juega no es en el sitio físico sino online".

Empleo público con oposiciones

Además, el Boletín Oficial de Canarias publicaba el decreto ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público que recoge que los aspirantes a trabajar en la Administración Pública de Canarias deberán pasar por una prueba de oposición, como en la educación no universitaria y el ámbito sanitario, y quienes sean nombrados como personal interino por primera vez estarán sujetos a un periodo de prueba.

El objetivo, recalca la Consejería de Presidencia, es la promoción interna, agilizar las ofertas públicas de empleo y, "cuando sea imprescindible", propiciar un reclutamiento de empleo temporal "verdaderamente garante de los principios de mérito y capacidad".

El decreto ley incorpora la realización de una prueba adicional de demostración de capacidad para el puesto para aquellos aspirantes que hayan aprobado la primera parte de la prueba selectiva, en el caso de que no se cubran todas las plazas de la convocatoria.

Se instaurarán unas listas de empleo adicionales, para cuando no existiere para un determinado cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional una lista de empleo ordinaria ni específica, o se pusiere de manifiesto "un insuficiente número de personas disponibles para poder atender necesidades urgentes e inaplazables".

Estas listas adicionales serán abiertas y de renovación periódica, con carácter general, de vigencia indefinida, de forma que anualmente se abrirá un plazo de presentación de nuevas instancias o de renovación de méritos de las personas ya integradas.

En el decreto ley se establece que las personas que estén en las listas de empleo deberán responder a los llamamientos en el plazo máximo de 24 horas, siendo responsables de mantener operativos y en condiciones de normal funcionamiento los medios de contacto facilitados. En caso contrario serán penalizadas con su suspensión temporal en la lista.

El sistema vigente permite "un amplio margen de voluntad" de la persona integrada en las listas de empleo, pudiendo rechazar las ofertas e incluso desistiendo hasta el momento inmediato anterior a su toma de posesión "sin consecuencias efectivas en su permanencia en la lista de empleo", recalca el decreto ley.

A partir de ahora, la persona nombrada, durante su desempeño, figurará como no disponible, de manera que no se incorporará a los siguientes llamamientos que de la lista se lleven a cabo tras su nombramiento, ni de las otras listas de empleo titularidad de la Dirección General de la Función Pública en la que pueda estar integrada.

El decreto ley eleva del 25 al 30% la reserva mínima de plazas ofertadas al turno de promoción interna y hasta el 40% para fomentar la promoción interna desde el cuerpo auxiliar al cuerpo administrativo; e incrementa del 7 al 10% la reserva de plazas para las personas con discapacidad.

Asimismo, habilita al Gobierno de Canarias a establecer unidades administrativas temporales para la ejecución de programas de carácter temporal, la ejecución de fondos estatales o comunitarios de duración determinada o para atender situaciones excepcionales de urgente necesidad, determinando su plazo de vigencia.

El Gobierno de Canarias esgrime que en el ámbito de la Administración General, los llamados cuerpos generales, sobre los que descansa el grueso de la actividad administrativa, no son profesiones reguladas vinculadas a la posesión de un determinado título académico, y tampoco existen procesos selectivos.

Abunda en que el sistema normativo de listas de empleo en la Administración General "ha devenido en ineficiente y contraproducente".

Se basa en la posibilidad de que una persona pueda formar parte, con el mismo título académico, de diversas listas de empleo para diversos cuerpos, escalas y especialidades, sin necesidad de demostrar alguna capacidad o mérito, ya que no se exige siquiera la superación de algún tipo de prueba selectiva o la aportación de algún tipo de mérito.

A esto se añade el derecho al llamamiento de la misma persona desde las diversas listas a las que pertenece, de forma sucesiva, aun estando nombrada como personal funcionario interino, lo que ha provocado "una sucesión de llamamientos, nombramientos y ceses continuados", recalca el decreto ley.

También subraya que las necesidades de personal temporal derivadas de la pandemia de covid-19 dieron pie a "soluciones improvisadas" que han acabado afectando a la prestación de los servicios públicos: "se integró a toda persona que poseyera el título académico genérico exigible sin necesidad de acreditar mérito o capacidad alguna".

Hora 14 Canarias (12/08/2024)