El reparto de menores migrantes por España es inminente: este es el calendario del Gobierno
El Real Decreto publicado hoy en el BOE regula las medidas de reparto entre comunidades para proteger el interés superior de la infancia migrante

Hora 14 Canarias (22/07/2025)
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Santa Cruz de La Palma
El Gobierno de España ha hecho público el Real Decreto 658/2025 que regula las medidas a adoptar "en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria", como la que está viviendo Canarias. El objetivo de la norma es proteger el interés superior de las infancias y adolescencias migrantes que llegan a España a través de las costas Canarias en absoluta soledad. En el Archipiélago hay ahora mismo más de 5.000 niños y niñas acogidos en "condiciones de hacinamiento", según dijo literalmente el portavoz del Ejecutivo regional, Alfonso Cabello, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno celebrada este lunes. Según el preámbulo del propio decreto, en los últimos años se ha incrementado un 221,4% el número de menores extranjeros no acompañados en España.
¿Qué pasará a partir de ahora?
El decreto desarrolla lo previsto en el Real Decreto-ley 2/2025, que a su vez modificó la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos de los extranjeros. Una modificación que ha supuesto largos meses de tensa negociación entre el Gobierno de Canarias y el Estado. El incremento exponencial de menores migrantes acogidos en las islas ha generado una saturación en los sistemas de protección que menoscaban los derechos de la infancia. Por esta razón, el decreto establece el procedimiento de reubicación y traslado de menores no acompañados desde comunidades saturadas hacia otras con más capacidad.
La presidencia de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia será quien declare y cese la situación de contingencia. Las comunidades autónomas deben comunicar su situación, con el objetivo de asegurar la protección integral de los menores en el ámbito social, sanitario, educativo, jurídico o de vivienda. El decreto persigue garantizar una distribución equitativa y solidaria entre comunidades autónomas. con atención en lengua comprensible y adaptada a los niños, respetando su dignidad y sus derechos.
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Traslados exprés en quince días
El decreto establece un nuevo procedimiento de reubicación y traslado de los menores. En primer lugar, la subdelegación del Gobierno iniciará el procedimiento tras inscribir al adolescente en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados. A continuación, la comunidad autónoma de origen debe emitir un informe sobre el menor en unos tres días, tras realizar una entrevista personal. A partir de entonces se informa al menor y a la comunidad de destino, con un plazo de tres días de alegaciones y la intervención de Fiscalía si el menor se opusiera. Finalmente, Delegación de Gobierno deberá dictar una resolución, notificada en diez días y el traslado posterior en un máximo de cinco días desde la notificación, o dentro de los quince días desde la inscripción. La comunidad destino asume la tutela y la custodia del menor.
Además de todo esto, las comunidades deberán remitir anualmente datos sobre el máximo de menores atendidos, las plazas de acogida disponibles y los menores actualmente atendidos. El decreto establece que el seguimiento se hará conforme al Protocolo Marco y los datos estarán desagregados por sexo. Una de las disposiciones adicionales de la norma deja claro que no implica incremento del gasto público. El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación, es decir, el 24 de julio de 2025.

Javi Rodríguez
(La Palma, 1991) Periodista vinculado a la Cadena SER en Canarias desde el año 2009, apasionado de los...




