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Seguro obligatorio y hasta 1.000 euros de multa: las nuevas normas para patinetes en Los Llanos de Aridane

El Boletín Oficial de la Santa Cruz de Tenerife publica hoy la nueva ordenanza de movilidad para vehículos como patinetes eléctricos

Nuevas normas para los patinetes eléctricos en Los Llanos / Cadena SER

Nuevas normas para los patinetes eléctricos en Los Llanos

Santa Cruz de La Palma

Los patinetes eléctricos tendrán que llevar seguro, además de certificado de circulación en un QR y todo tipo de elementos de seguridad. Es la nueva normativa de movilidad que empieza aplicarse dentro de quince días en Los Llanos de Aridane y que afecta a todos los vehículos de movilidad persona. "La proliferación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), tales como patinetes eléctricos, monociclos y similares, ha supuesto una revolución en la movilidad urbana, ofreciendo alternativas sostenibles y eficientes al transporte convencional. Sin embargo, su integración en el tráfico urbano plantea nuevos retos en materia de seguridad vial, convivencia entre los distintos usuarios de la vía pública y protección del entorno urbano", reza al preámbulo de la normativa.

De acuerdo con la normativa aplicable, un Vehículo de Movilidad Personal es un vehículo de una o más ruedas, propulsado exclusivamente por un motor eléctrico, que puede alcanzar una velocidad comprendida entre 6 y 25 Km/h. Estos vehículos están diseñados para el transporte de una sola persona y carecen de asiento, salvo en aquellos modelos autorizados específicamente. Las marcas y modelos que disponen de Certificado VMP, de acuerdo con el manual de características VMP serán los aprobados mediante

Las obligaciones para los usuarios de estos vehículos

Lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. En caso de vías cuya acera se encuentre a nivel de la calzada, deberán dejar una separación de seguridad que garantice el tránsito peatonal, y circularán por la calzada tan próxima a la derecha como sea posible.

Queda prohibida la circulación por aceras, paseos peatonales y cualquier otra zona destinada exclusivamente al tránsito peatonal. También por andenes, paseos, jardines, zonas arboladas, fuentes y otras partes de la vía destinadas al ornato y decoro de la ciudad, así como en todos los parques públicos y zonas verdes del municipio.

Los usuarios de VMP deben respetar las normas generales de circulación y las señales de tráfico. Durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, los VMP deben disponer de luces delanteras y traseras, así como catadióptrico reflectante delantero y trasero y prendas reflectantes (chaleco). Los conductores deberán mantener ambas manos en el manillar, salvo cuando señalicen maniobras de giro o detención y deben disponer de un sistema de frenado.

Más prohibiciones para los usuarios

No se podrá circular con VMP utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Los conductores de VMP estarán sometidos a las pruebas de detección de alcohol y drogas establecidas en el artículo 14 del Real _Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Será obligatorio que cada VMP tenga un certificado de circulación, disponible en código QR, que acredite que el patinete cumple uno requisitos mínimos de seguridad. Será obligatorio también para poder circular, disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil, que cumpla los requisitos que establezca la normativa.

La edad mínima para conducir es de 14 años y es obligatorio el uso de casco homologado. Los usuarios deberán utilizar chaleco reflectante durante la noche o con visibilidad reducida y timbre o dispositivo sonoro para alertar a otros usuarios de la vía y deben estacionarse exclusivamente en los espacios habilitados para ello, tales como aparcamientos para bicicletas o zonas designada específicamente para VMP.

Hasta 1.000 euros de infracciones

Queda prohibido estacionar en aceras, pasos de peatones, accesos a edificios o cualquier lugar que obstaculice el tránsito peatonal o de vehículos. Los VMP que se encuentren estacionados de manera indebida podrán ser retirados por los servicios municipales. Los gastos derivados de esta acción serán asumidos por el propietario del vehículo.

Se consideran infracciones leves. con multas de 80 euros: circular sin timbre o llevar pasajero/as. Se consideran infracciones graves, con multas de 200 euros: circular por zonas prohibidas, como aceras o paseos peatonales, superar la velocidad permitida, el uso de teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación, circular sin elementos reflectantes o luces requeridas o no hacer uso de casco homologado

Se consideran infracciones muy graves, con multas entre 500 y 1.000 euros: conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes, poner en peligro la integridad de peatones u otros usuarios, conducir sin haber alcanzado la edad de 14 años o circular sin Seguro de Responsabilidad Civil o tenerlo caducado. También circular sin sistema de frenado y sin luces delanteras y traseras.

 

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