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Una trabajadora de Lanzarote consigue el máximo subsidio en la Justicia, fue discriminada por razón de sexo

La Sala de lo Social aplica al caso la doctrina europea que apreció la brecha de género en el subsidio a los hombres

Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) / Cadena SER

Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

Arrecife

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Público de Empleo (SEPE) a abonar 8.937 euros a una trabajadora de Lanzarote con tres hijos a la que se le negaba el subsidio por desempleo más ventajoso, en su caso el previsto para mayores de 52 años, con el argumento de que no cumplía los requisitos para acceder a esta ayuda, por ser trabajadora a tiempo parcial.

La cantidad estipulada corresponde a la diferencia entre el subsidio que le abonaba el SEPE (5,64 euros al día) y el que de acuerdo con la doctrina europea, le correspondían (15,44 euros/día) entre el 27 de marzo de 2019 y el 13 de diciembre de 2021.

La Sala de lo Social del TSJC aprecia -en una sentencia de apelación que revoca un fallo anterior favorable al SEPE- que se trata de un caso de discriminación indirecta por razón de sexo y aplica, por primera vez para una mujer española, la doctrina de la justicia europea que benefició a los hombres al eliminar el plazo para solicitar el complemento de maternidad para paliar la brecha de género en pensiones de jubilación inicialmente previstas para las mujeres.

Solo le contabilizaban la mitad del tiempo cotizado

La trabajadora acudió a la Sala alegando que el SEPE debía reconocerle desde marzo de 2019 el subsidio por desempleo, en la modalidad prevista para mayores de 52 años, y no lo había hecho porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) había contabilizado la mitad del tiempo cotizado por la afectada, al estar sujeta a contratos a tiempo parcial.

La cuantía diaria del subsidio que le había reconocido la administración era de 5,64 euros al día, y lo que dice ahora la Sala, enfocando el caso desde la perspectiva de género, es que se le debía haber reconocido la modalidad más ventajosa de la ayuda, los 15,44 euros al día que contempla en subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

“Las razones por las que el INSS certificó que la actora no cumplía el requisito de carencia genérica para acceder a la jubilación contributiva”, expone la sentencia, “descansaban en la exigencia de un total de 5.475 días de cotización a tiempo completo.

En la misma sentencia, se enfatiza que “se le exige un mayor número de días cotizados al ser una trabajadora a tiempo parcial, no computándose cada día trabajado como día cotizado lo que contravenía frontalmente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea c-161/18 de 8 de mayo de 2019, así como la posterior sentencia del Tribunal Constitucional 91/2019 de 3 de julio, traduciéndose en una discriminación por razón de sexo”.

 

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