Nuria Terán: "Hay que estudiar las causas reales del suicidio. Mi marido se quitó la vida por la situación laboral en la que se encontraba"
En Hoy por Hoy Cantabria charlamos con la viuda de Juan Manuel Bedia cuyo suicidio ha sido reconocido como accidente laboral por el TSJC
Nuria Terán, el suicidio de su marido ha sido reconocido como accidente laboral
20:30
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1678891723204/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>
Santander
Nuria Terán es la viuda de Juan Manuel Bedia, que con 53 años se quitó la vida como consecuencia de la situación de estrés que vivió en su trabajo. Así lo reconoce una sentencia recientemente emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que reconoce su suicidio como un accidente laboral. En Hoy por Hoy Cantabria nos ha contado que su marido tomó la decisión después de que el supermercado en el que trabajaba como encargado le trasladase de centro por un supuesto acoso laboral, un acoso que nunca se probó. Le trasladaron de Santander a Laredo, 3 días después se suicidaba. “Nosotros habíamos vivido 3 meses angustiosos y cuando se produce ese desenlace, llamé al responsable de mi marido en la empresa, le notifiqué o que había sucedido y le dije que volvería a saber de mi” nos ha contado Nuria que demandar al supermercado porque defendía que su marido no se habría quitado la vida si no le hubiese ocurrido este problema laboral.
La empresa abrió un expediente a Bedia por ese supuesto acoso laboral y ordenó su traslado. La justicia dictamina que estos movimientos le llevaron a quitarse la vida. Es una de las pocas sentencias que reconoce el suicidio como accidente laboral.
El abogado de su viuda, José Sánchez Pérez, ha reiterado que la sentencia, emitida el pasado 27 de febrero, abre nuevas expectativas respecto a la protección relativa a las prestaciones vinculadas al suicidio relacionado con el trabajo.
Aportaciones relevantes de la sentencia
Según nos ha destacado el letrado esta sentencia del TSJC ofrece tres aportaciones muy relevantes: considera la inexistencia de evaluación de riesgos psicosociales como factor de responsabilidad cuando se omite en situaciones de conflicto laboral, mostrando el primer precedente en que, anticipadamente, la Inspección de Trabajo declara la existencia de un suicidio como accidente laboral con propuesta de recargo de prestaciones; clarifica las situaciones en que un suicidio puede considerarse accidente de trabajo, y muestra la aparición novedosa de la denominada “autopsia psicológica” como medio de prueba.
La sentencia recoge que “es evidente que existió una clara conexión o relación de causalidad relevante entre la acción suicida y el trabajo".
Los magistrados estiman que es “evidente” que el traslado en su puesto de trabajo es recibido como un “trato injusto”. Además, señalan que el suicidio se produce tan solo tres días antes de su incorporación a la tienda de Laredo y que la víctima había buscado en internet información sobre posibles consecuencias penales por el supuesto acoso a la trabajadora. "Una denuncia que no prosperó y que las grabaciones han demostrado que no fueron ciertas", ha aclarado José Sánchez Pérez.
"Él pensó que su vida laboral se había acabado, que su prestigio personal como trabajador se había hundido y que, de nuevo, volvía a estar fuera de la dinámica familiar y de su hija, por unos hechos que no fueron como se contaron", ha señalado el abogado que ha defendido la causa.
Derecho a prestaciones
Con esta sentencia la mujer y la hija del trabajador recibirán las compensaciones económicas oportunas. Es una de las pocas sentencias que reconoce el suicidio como accidente laboral y sostiene que los problemas de índole laboral tienen una clara conexion temporal con el acto suicida. Según ha anunciado el abogado la empresa va a recurrir la sentencia.