Tribunales
Tribunales

No hay justificación para que un marido tenga relaciones no consentidas

El Tribunal Supremo anula una sentencia que absolvía a un anciano de abusar durante 57 años de su esposa

Sentencia del Tribunal Supremo / cadenaser.com

Palencia

El Tribunal Supremo concluye que no hay justificación para que un marido obligue a su esposa a tener relaciones sexuales y le condena a 4.320 euros de multa, como había hecho la Audiencia Provincial de Palencia, a un anciano por abusar de manera continuada de su esposa, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) lo absolviera de este delito con el argumento de que los abusos estaban amparados en el deber de satisfacer a su marido.

"La conducta del marido de exigir relaciones matrimoniales y la de corresponder por parte de la esposa adquiere justificación en la convicción compartida por ambos de que esta reciprocidad constituye un elemento consustancial a la relación conyugal", aseguraron en su sentencia los tres magistrados del TSJCyL. La Fiscalía la recurrió.

"Chapado a la antigua"

El TSJCyL castellano-leonés entendió que el comportamiento del acusado, J.P.D., de 87 años, durante los 55 años de matrimonio, no estuvo marcado "únicamente" por el "propósito criminal de satisfacer sus deseos libidinosos con absoluto desprecio a la libertad sexual de su esposa", sino que ambos aceptaban esa relación y dentro del contexto ideológico de la época en que surgió el amor. Además, reseñaba que marido y mujer siguieron conviviendo juntos "a pesar de no existir ningún impedimento legal ni de otra índole que lo impidiera".

Pero la Audiencia Provincial de Palencia, aparte de la multa por un delito continuado de abusos sexuales, le había condenado en 2019 a 28 meses de cárcel por malos tratos habituales y amenazas. Y le prohibió acercarse a menos de 50 metros de la mujer en 18 meses y que la indemnizara con 6.000 euros por daño moral.

En su sentencia, la Audiencia de Palencia definió al marido como un hombre "chapado a la antigua", con un carácter agresivo y controlador, "de los de ordeno y mando", que insultaba a su esposa. Aunque vivían juntos, ella luego optó por dormir en otra habitación.

Tras el recurso de la Fiscalía contra la absolución del delito de abuso, el Supremo ha anulado la sentencia del TSJCyL y ha dictaminado que "los derechos a la autonomía corporal y a la libertad sexual no pueden quedar suspendidos o limitados cuando se contrae matrimonio". La Sala de lo Penal del alto tribunal de la nación rechaza el contexto "socio-cultural-ideológico" alegado por el tribunal autonómico para disculpar esos abusos y no ve ninguna razón que justifique que el hombre no tenga que tratar con "dignidad" a su esposa y saber si ella consentía "plena y libremente" las relaciones sexuales que él le exigía. Para los magistrados del Supremo, el anciano en absoluto puede ampararse en la tradición para "cosificar" y "negar la libertad" de la mujer con la que se casó, entre otros motivos porque no actuó con respeto a su esposa y porque "lo tradicional no se convierte, por solo dicha razón, en legítimo y en constitucionalmente compatible".

Hans Zollner, el mayor experto del Vaticano en la lucha contra los abusos sexuales

Hans Zollner, el mayor experto del Vaticano en la lucha contra los abusos sexuales

25:53

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1654716874906/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00