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La Justicia Restaurativa no despega en España por falta de voluntad

Virginia Domingo asegura que la falta de apoyo es más evidente en las comunidades sin competencias en Justicia

La Justicia Restaurativa no despega en España por "falta de voluntad", según Virginia Domingo / RUNSTUDIO

Burgos

La Justicia Restaurativa no termina de despegar en España porque se necesita una ley adecuada, que tenga en cuenta a los que aplican este modelo, apoyo institucional real y formación, según afirma la coordinadora del Servicio de Justicia Restaurativa en Burgos, Virginia Domingo. En una entrevista en Hoy por hoy Burgos, Domingo ha asegurado que la falta de apoyo es aún más evidente en comunidades como Castilla y León, que no tiene competencias en medios materiales y de apoyo de la administración de Justicia, por lo que sigue dependiente del Ministerio.

Un ejemplo es el proyecto de crear una Oficina de Atención a Víctimas que intentó poner en marcha el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL), José Luis Concepción, y que no se pudo llevar a la práctica por falta de respaldo económico, aunque su creación está contemplada en el Estatuto de la Víctima de 2012.

Sin embargo, Virginia Domingo insiste en la efectividad de la Justicia Restaurativa, que va más allá de la simple mediación y busca poner a la víctima en el centro de la restauración, de manera que se sienta atendida, al tiempo que quien ha causado el daño tiene ocasión de arrepentirse realmente.

Considera que las cifras corroboran la efectividad de esta fórmula, ya que en el caso de los 24 reclusos de la prisión de Burgos que han participado en esta experiencia solo uno ha reincidido y en los juzgados se han podido resolver por esta vía 18 asuntos en lo que va de año. Domingo plantea, incluso, que la Justicia Restaurativa se pueda utilizar también en delitos graves, tanto antes del juicio, como durante su celebración o después, para reparar realmente el daño causado a la víctima.

Con este objetivo, Virginia Domingo acaba de terminar el proyecto denominado ‘Ave Fénix’ para víctimas en el que han participado varias víctimas de violencia de género y de abusos, incluso dos víctimas de abusos en colegios religiosos, que han valorado muy positivamente la experiencia.

Justicia restaurativa en Violencia de Género

Dentro de las medidas legales para la erradicación de la violencia de género, el artículo 44 de la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas para la Protección Integral contra la violencia de género184 introdujo el artículo 87ter en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cuyo apartado 5 prohíbe la mediación en los casos de violencia de género. Con ello, se prohibía un recurso ni previsto ni regulado en el ámbito penal de adultos pero que sí tenía una presencia práctica sobre todo en asuntos laborales, familiares, mercantiles y de consumo.

La Exposición de Motivos de la LO 1/2004 no ofrecía los argumentos para tal prohibición. Suele apelarse a la falta de igualdad entre las partes y a la ineficacia de los métodos restaurativos en situaciones de violencia. Sin embargo, Virginia Domingo tiene claro que “Mediación no es Justicia Restaurativa”. En este sentido, recuerda que la mediación pone a víctima y ofensor en el mismo nivel, mientras en la Justicia Restaurativa la víctima está en el centro y se reconoce que merece una reparación del ofensor. “En general, las víctimas suelen salir más satisfechas de un proceso de restauración que, incluso, tras una sentencia que condena al autor del daño, que también tiene así la ocasión de empatizar con la víctima y arrepentirse de manera real”, explica la experta.

Hace falta "voluntad" para un avance de la Justicia Restaurativa