Sociedad

Las mamparas pueden medir hasta 1’80 metros

El Pleno aprueba la ordenanza definitiva de veladores que recoge esta propuesta del sector hostelero

Imagen de archivo de veladores en la plaza del Trigo / Vicente Herrero

Aranda de Duero

La ordenanza de veladores permite elevar hasta 1’80 metros las mamparas. Anoche quedaba definitivamente aprobada con las abstenciones de Podemos, IU y la concejal no adscrita Mar Alcalde esta normativa después de pasar su período de alegaciones. Este cambio, que aumenta en 15 centímetros la altura de estos elementos de protección para el exterior de los bares y restaurantes, es la única sugerencia de las que hizo la asociación de hosteleros a este documento.

Desde la oposición varios grupos coincidían en la necesidad de que el Ayuntamiento se esmere en el cumplimiento de estas normas, en este caso en aras de garantizar la movilidad y accesibilidad. “Las ordenanzas ciertamente son para cumplirlas, para el buen funcionamiento y que podamos circular en Aranda en condiciones de movilidad y accesibilidad, que por desgracia en algunos tramos de nuestra ciudad no están siendo los adecuados”, expresaba Andrés Gonzalo, de Podemos.

Una de las propuestas del propio sector, que no se ha incorporado al texto definitivo, era obligar a los establecimientos a disponer de un distintivo de tal manera que el cliente pueda saber si cumple o no con la normativa, si está al corriente de pago de la tasa y si el número de mesas y las dimensiones que ocupan en la calle coinciden con las concedidas. “Que el ciudadano pueda ser consciente de que donde se va a sentar a tomarse un café está cumpliendo con esta ordenanza y con la legalidad, en detrimento de otros que no lo hacen y creo que es algo positivo y que los propios ciudadanos deberían saber quién cumple y quién no cumple con la normativa”, argumentaba Sergio Chagartegui, de Vox.

ASOHAR había hecho otras sugerencias que tampoco han sido admitidas, como la de que se permita instalar mostradores en las calles, el aumento de más de 22 veladores, la instauración del silencio administrativo o la no limitación de las terrazas a edificios colindantes.

 
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