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Absuelto un acusado de abusos sexuales contra una menor por dudas del tribunal sobre la veracidad de los hechos

Víctima y testigos modificaron su declaración durante el juicio, pero el tribunal se considera incapaz de discernir cuál de las declaraciones contradictorias corresponde a la verdad. El Ministerio Fiscal solicita que se abra un nuevo proceso por falso testimonio, que no afectará a la menor, porque el tribunal no puede determinar cuando cual de sus declaraciones es falsa o real

Entrada Audiencia Provincial de Burgos / Cadena SER

Entrada Audiencia Provincial de Burgos

Aranda de Duero

La Audiencia Provincial de Burgos ha absuelto a un hombre de 35 años, vecino de Aranda, del delito de agresión sexual contra su sobrina, menor de edad en el momento de los hechos juzgados, porque con las pruebas con las que cuenta, el tribunal no es capaz de determinar si el delito ocurrió o no. Y todo ello porque tanto víctima como testigos han cambiado su versión de los hechos entre la instrucción de la causa y el juicio, y los informes periciales no son concluyentes, por lo que el tribunal expresa su incapacidad para determinar si hubo engaño desde el primer momento o los hechos realmente ocurrieron y las presiones familiares a la víctima la llevaron a retractarse.

El proceso judicial se inició en 2021, pero no a instancias de la presunta víctima, sino de los servicios de Salud Mental del Hospital de los Santos Reyes a los que la adolescente acudía y a los que relató haber sido objeto de abusos sexuales por parte del hermano de su madre desde los 12 a los 14 años. Los profesionales sanitarios pusieron la situación en conocimiento del Juzgado de instrucción número 2 de Aranda, que incoó diligencias de averiguación, durante las cuales la menor ratificó lo dicho en consulta sanitaria y concretó un episodio concreto de violación. Relató que a principios del año 2018, cuando contaba 13 años, su tío entró en su dormitorio, le tapó la boca con una mano y la violó. Añadió que su hermana se despertó al escuchar sus gritos, discutió con su tío y lo echó de casa. Todavía en fase de instrucción la menor cambió su declaración negando que hubiera penetración sino tocamientos libidinosos. Ya en el juicio se retractó de toda la versión, asegurando que los hechos no habían ocurrido. Argumentó que los había expuesto por la falta de libertad que le daba su madre, tratando de que así aflojara su control.

Cambio de versión de los testigos y pruebas periciales que no facilitan una conclusión

La declaración de la menor no fue la única en cambiar entre la instrucción y el juicio, puesto que también fueron numerosas las contradictorias que el tribunal apreció en el relato de los testigos. La hermana de la adolescente indicó en el juicio que no podía afirmar si lo declarado durante la investigación se correspondía con la realidad o lo había soñado, alegando padecer una enfermedad que la confunde, aunque el tribunal no pudo acreditar que existiera dicha patología. El hermano de la adolescente también manifestó no recordar haber abierto la puerta a su tío, como había indicado en fase de instrucción. Y finalmente el Tribunal considera que el testimonio de la madre de la menor y hermana del acusado estuvo "lleno de lagunas y vaguedades, sin recordar lo sucedido" cuando en fase de instrucción manifestó lo que le había contado su hija.

El tribunal, asimismo, constata que no encuentran mucha ayuda en las pruebas periciales para dilucidar la veracidad de los hechos, puesto que ni el equipo psicosocial, ni los peritos de parte, psiquiatra y psicóloga, ni el médico forense pudieron llegar a una conclusión segura sobre la credibilidad del testimonio de la menor "si era cierto el prestado inicialmente o las modificaciones que fue introduciendo hasta negar los hechos em el juicio oral." Por todo ello "la duda resulta evidente" concluye el tribunal, quien indica que dictan sentencia absolutoria "ante la falta de prueba de cargo bastante y las dudas puestas de manifiesto." Los fundamentos de derecho de la sentencia recuerdan que el derecho a la presunción de inocencia es la primera y principal garantía que el procedimiento penal otorga al ciudadano acusado" y apelan al principio "in dubio pro reo" para fallar a favor del acusado cuando existen dudas razonables "como regla moral, por humanidad y justicia"

El Ministerio Fiscal pide que se deduzca falso testimonio

Por su parte, la Fiscalía, que antes del juicio oral solicitaba la imposición de 15 años de prisión para el acusado y el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños morales a la menor, solicitó durante el juicio que se abra un nuevo proceso para deducir si ha habido falso testimonio por parte de víctima y testigos, La Audiencia Provincial en su sentencia considera que este nuevo proceso sólo debe afectar a hermano y hermana de la adolescente al haber cambiado sus declaraciones, pero consideran que no procede respecto a la menor "por falta de seguridad sobre cual de las varias declaraciones pudiera ser falsa o real" y tampoco respecto de su madre porque solo relató lo que le había contado su hija.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia.

Elena Lastra

Elena Lastra

Redactora jefe de la Cadena SER en Aranda y presentadora de 'Hoy por Hoy Aranda'

 
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