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Miriam Andrés es pesimista sobre un posible acuerdo con la oposición para la nueva Ordenanza de Terrazas de Palencia

Hoy se ha celebrado una nueva reunión de la comisión extraordinaria en medio de unas negociaciones que se enrocan

Sigue la negociación para una nueva ordenanza de terrazas en Palencia / Zoran Mircetic

Sigue la negociación para una nueva ordenanza de terrazas en Palencia

Palencia

La alcaldesa de Palencia, Miriam Andrés, ha confesado en los micrófonos de Radio Palencia de la Cadena SER que no es optimista con respecto a un acuerdo con la oposición municipal para sacar adelante una nueva Ordenanza de Terrazas en la capital palentina. Ha reconocido que es "complicado" conciliar los intereses de los hosteleros con los de los vecinos. En el borrador que se está manejando desde hace unas semanas se recogen varias propuestas de colectivos. Miriam Andrés detecta que "los grupos políticos están más por la labor fr smpliar los derechos de los hosteleros" lo que complica la conciliación con el sector vecinal.

La SER ha tenido acceso a algunas propuestas que se han planteado en el proceso de negociación de la nueva ordenanza. Los empresarios, la CEOE, plantean que los establecimientos podrán tener terraza con mesas y sillas con finalidad lucrativa frente o junto a su establecimiento, si las condiciones urbanísticas y de tránsito cumplen los requisitos para su actividad. También CEOE, con el apoyo de ¡Vamos Palencia! VOX y PP propone que la temporada de invierno de terrazas sea del del 1 de octubre al 31 de marzo y la temporada de verano del 1 de abril al 30 de septiembre.

El borrador palentea además que la celebración de cualquier otra actividad, gastronómica, cultural, espectáculo, actuación musical o la instalación de altavoces, amplificadores o reproductor de sonido y/o vibraciones acústicas en la terraza será excepcional y requerirá de previa autorización municipal. Podrán autorizarse los eventos anteriores en los siguientes supuestos: eventos deportivos de interés general, ferias, fiestas y aniversarios siempre mediante petición expresa del interesado. Las solicitudes deberán presentarse, al menos con 30 días de antelación a la celebración de la actividad que se pretende realizar. El sentido del silencio ante estas autorizaciones será, en todo caso, desestimatorio.

En el caso de que coincidan varias solicitudes para la misma calle se tendrá en cuenta la solicitud que haya sido registrada en primer lugar. Las solicitudes que se registren con más de 45 días de antelación a la celebración de la actividad no serán tenidas en cuenta.

Otro punto plantea que es obligatorio disponer de al menos un velador accesible en terrazas de más de 15 m², disponiendo de un velador accesible más por cada 35 m² alcanzados. La mesa accesible se identifica mediante un adhesivo o grabado en su plano superior de al menos 10 x 10 cm, con el diseño, estilo, forma y proporción del símbolo Internacional de Accesibilidad que se corresponderá con lo indicado por la norma UNE 41501 que define el «símbolo de accesibilidad para la movilidad», y que regula una figura en color blanco sobre fondo azul Pantone Reflex Blue. Esta identificación no es necesaria si más del 50% de las mesas de la terraza son accesibles.

Los usuarios en sillas de ruedas tienen preferencia para ocupar estas mesas siempre que haya otras mesas libres en la misma terraza, debiendo el establecimiento colaborar para que esto sea posible. Esta plaza puede ocuparse con una silla mientras no esté siendo utilizada por un cliente en silla de ruedas. Debe haber un recorrido libre de obstáculos que conduzca hasta esta plaza, con un ancho mínimo que permita inscribir un círculo de al menos 1,50 metros de diámetro. CEOE indica que no están de acuerdo con que se regule velador accesible.

Por otra parte, asociaciones hosteleras y PP consideran que se deben dejar montar barras portátiles con cañeros en las terrazas de forma continua. Otro punto del borrador incide en que las autorizaciones de instalación de terrazas tendrán en consideración la incidencia en el tráfico peatonal, el número de terrazas solicitadas para la misma zona y su dimensión, el entorno visual de los espacios públicos, etc., así como al cumplimiento en cuanto a seguridad y accesibilidad de la normativa vigente. Prevaleciendo el uso común general y sometiéndose, como mínimo, a las condiciones señaladas en los artículos siguientes. En todo caso, dichas condiciones podrían ser modificadas en el futuro si así lo determinara la legislación de superior rango que lo justificara (urbanística y/o de accesibilidad y supresión de barreras), lo que implicaría la revisión de las autorizaciones. Son algunos puntos que se están debatiendo en la comisión extraordinaria creada para tal fin.

 

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