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Ecologistas en Acción lamenta que la Audiencia de Palencia se haya limitado a confirmar la sentencia contra el cazador que mató una osa en 2020

La sentencia no tiene en cuenta el recurso de WWF apoyado por EeA que solicitaba la imposición de una pena mayor acorde con su acusación y no ha considerado que ingrese en prisión al no contemplar la agravante de afección al Parque Natural

Imagen de un oso pardo / Radio Palencia

Palencia

La Audiencia Provincial de Palencia ha confirmado íntegramente, en sentencia 40/2024 de 28 de junio de 2024, la sentencia del Juzgado de lo Penal dictada en febrero que condenaba al cazador que en el año 2020 disparó y mató a un ejemplar de oso pardo hembra, acompañada de su cría, a dos años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de caza por cuatro años, pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con animales silvestres por tiempo de cuatro años y una indemnización a la Junta de Castilla y León por responsabilidad civil en la cantidad de 17.404,95 €, además de las costas de las acusaciones populares ya que no “han entorpecido el proceso, sin que se puedan calificar como superfluas o inútiles”.

La Audiencia Provincial, en una interpretación complicada de entender, no ha tenido en cuenta el agravante de afección a un Espacio Protegido que hubiera supuesto el ingreso en prisión del cazador, no considerando de forma sorprendente que la muerte de una osa reproductora pueda afectar al Parque Natural, cuando en la propia Ley de declaración del Parque se considera al oso pardo como uno de los motivos de su declaración y objetivo prioritario de conservación.

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En esta interpretación de la Audiencia ha influido muy negativamente la declaración del Director del Parque Natural que afirmó “que no era significativa la pérdida accidental de dicho animal” en un posicionamiento lleno de dudosa intención considerando imposible que una persona que dirige el espacio natural más importante de la provincia pueda desconocer la trascendencia que tienen las hembras de oso pardo, con una cría del año, para la supervivencia de la especie en el sector oriental de la Cordillera Cantábrica. El Juzgado ha condenado por negligente a la administración regional en gran medida por la falta de diligencia del máximo responsable del Parque Natural.

En líneas generales, y a pesar de los cuatro tortuosos años que han tenido que transcurrir, gracias en parte a la actuación de la defensa, la sentencia puede considerarse pionera y esperamos que sea firme, sin más recursos, asumiendo la responsabilidad que ha quedado acreditada

Ecologistas en Acción pone el foco en el flaco favor que se le hace a una especie en peligro de extinción con reiteradas campañas institucionales y de fundaciones transmitiendo un triunfalismo muy alejado de la realidad escondiendo los verdaderos problemas de la especie, este caldo de cultivo sin duda ha influido muy negativamente en la percepción de la muerte de esta osa reproductora que, con total seguridad, supone un pérdida irreparable en una población oriental de osos en unas condiciones peores de las que continuamente nos están pretendiendo hacer creer.

 
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