10 años de prisión para el hombre que apuñaló a un joven en la cara en Guijuelo
Se rechaza el recurso del acusado

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

Salamanca
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena a diez años de prisión para el hombre que apuñaló a un joven en la cabeza y la cara en la localidad salmantina de Guijuelo.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 8.00 horas del día 21 de diciembre de 2019 cuando el acusado se encontraba en las inmediaciones de una pastelería de Guijuelo, de donde acababa de ser expulsado por alterar el orden público. En ese momento, se acercó por detrás a la víctima y con un objeto punzante comenzó a darle golpes en la cabeza y en la cara y huyó a continuación en un vehículo.
La sentencia recoge que el denunciante cayó al suelo perdiendo el conocimiento y fue trasladado en ambulancia al Centro de Salud de Guijuelo, donde fue atendido y derivado al Hospital Clínico de Salamanca para ser intervenido quirúrgicamente debido a la gravedad de las lesiones que presentaba.
La víctima estuvo ingresada seis días y sufrió una contusión en la región facial derecha con lesiones oculares, perforación del globo ocular y otras muchas heridas en la región facial derecha como el párpado, el lóbulo, la mejilla o la zona nasal que precisaron para su sanidad además de una primera asistencia facultativa, un tratamiento médico quirúrgico por parte del servicio de Oftalmología del Hospital Virgen de la Vega.
Las lesiones tardaron en curar 527 días y ha tenido como secuelas una pérdida de agudeza visual del 95 por ciento del ojo derecho y un perjuicio estético por las cicatrices en la región facial derecha de 15, 8,5 y 5 milímetros, así como una cicatriz en el lóbulo de oreja derecha de 5 milímetros. Por todos estos hechos se condenó al acusado a diez años de prisión.
Ahora el Alto tribunal ratifica esta condena y rechaza la tesis principal del recurso, que se basaba en que el acusado vivía en Salamanca y que, pese a que sus padres vivían en Guijuelo, él no frecuentaba esa localidad, que su compañera le había dejado la noche de los hechos al cuidado del niño menor en su casa de Salamanca y allí lo había encontrado por la mañana cuando llegó de trabajar y que no tenía vehículo para desplazarse a Guijuelo.
Esta tesis aseguraba, además, que ninguno de los testigos le había situado en Guijuelo la noche en la que tuvieron lugar los hechos enjuiciados.
Sin embargo, el fallo del TSJCyL rechaza este argumento y asegura que el visionado del soporte videográfico que existe en el procedimiento permite corroborar la conclusión alcanzada por la sentencia apelada.




