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Acuerdan reagrupar a acusaciones particulares en el caso del 'cambiazo de ataúdes' en la Funeraria el Salvador

Fiscalía pide condenas que, globalmente, se elevaban a 206 años de cárcel para las 24 personas investigadas en la 'Operación Ignis'.

Imagen de archivo de la operación Ignis / Nacho Gallego (EFE)

Imagen de archivo de la operación Ignis

Valladolid

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid ha acordado reagrupar a las acusaciones particulares por la estafa funeraria en la 'Operación Ignis' destapada el 31 de enero de 2009 por la Policía Nacional y relacionada con el supuesto fraude en el Grupo Funerario El Salvador consistente en el 'cambiazo' de ataúdes por otros más baratos en el periodo comprendido entre 1995 y 2015.

En concreto, cada letrado acusador deberá representar a un mínimo de 54 fallecidos por un "proceso sin dilaciones indebidas" conforme al articulo 109 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, informa el auto remitido por prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a Europa Press.

La Sala, además, ha dado un plazo de 15 días para que las familias se reagrupen "voluntariamente" para llegar a ese mínimo de 54 fallecidos, "para actuar bajo una misma dirección y representación". En caso contrario, advierte la Audiencia Provincial, "todas serán reagrupadas en aquella que reúna el mayor número de fallecidos".

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De ahí que haya requerido a los procuradores personados que, una vez que indiquen la opción elegida, "aporte resolución en la que consta la admisión de su personación con indicación del fallecido o fallecidos por el que sus representantes lo hacen".

En su escrito, los magistrados argumentan que, aunque sea distinta la cuantía del "posible perjuicio" a los perjudicados, todos ellos tienen la "misma perspectiva" que es la de "acreditar la presunta conducta engañosa". "Se cumplen así, por tanto, todos los requisitos legalmente prevenidos en el artículo 109 bis" como el "alto número de perjudicados y acusaciones personadas; confluencia en todas las acusaciones de un mismo interés, ya que todas tienen el mismo origen y 'modus operandi' y la misma consecuencia jurídica" entre otros aspectos.

De ahí que la Sala no vea "óbice" para la agrupación de defensas y representaciones de las acusaciones particulares al "existir una legitimación común en los perjudicados". "Ahora bien, a fin de compaginar el uso de la prerrogativa o previsión legal de la acumulación de acusaciones particular" considera como "criterio de dicha unificación" que las víctimas deban actuar reagrupadas "en número no menor a la de la acusación particular ya personada con el mayor número de ellos" que es de "54 fallecidos".

Contra el auto se puede interponer recurso de súplica, en el plazo de tres días a contar desde la última notificación practicada a las partes mediante escrito ante este Tribunal.

206 años de cárcel

Fiscalía de Valladolid solicitó un conjunto de condenas que, globalmente, se elevaban a un total de 206 años de cárcel para las 24 personas que se encuentran investigadas en la 'Operación Ignis'.

En su escrito de calificación provisional de 363 páginas, la acusación pública imputa un rosario de casi una decena de cargos, como constitución de organización criminal, pertenencia a organización criminal, delito continuado de apropiación indebida, en concurso medial con un delito continuado de estafa; delito continuado contra el respeto a los difuntos, blanqueo de capital y delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Las penas más duras las solicitaba para mujer del empresario funerario fallecido, María del Rosario V.L, y sus hijos Ignacio, Laura y María del Rosario M.V, a razón de 20 años de cárcel para cada uno de ellos, junto con su inhabilitación para la prestación, directa o indirecta, de servicios funerarios por espacio de tres décadas y el pago de multas por importe de 12 millones de euros.

Respecto del resto de trabajadores, una veintena, las penas oscilaban entre los nueve y los dos años de cárcel. Así, la acusación pública interesaba nueve años de prisión para cuatro de los encausados, seis y medio para otros nueve, seis para Justo M.G, casualmente el trabajador del grupo que se ocupaba de las cremaciones en el cementerio privado de Santovenia y que chantajeó al propietario de la empresa de pompas fúnebres, ya fallecido, y a partir del cual la policía 'tiró de la manta' para el esclarecimiento de los hechos, cuatro años para otro de los acusados, cinco años de privación de libertad para otros cuatro empleados más y dos años para otro de los supuestos implicados.

De la actividad ilícita investigada, según el fiscal, Funeraria Castellana y Parque El Salvador habría obtenido ganancias ilícitas igual al valor total de los elementos retirados para su posterior nueva venta: por una parte, 3.667.711,95 euros correspondientes a los ataúdes de los que fueron desposeídos 5.973 difuntos y, por otra parte, 381.056,14 euros en el caso de los 3.174 motivos florales recuperados por los trabajadores de las empresas.

Del total de 4.048.768,09 euros no consta que se haya beneficiado directamente ninguno de los trabajadores implicados en tales operaciones.

 

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