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El Supremo inadmite el recurso presentado por el cazador que mató a una osa durante una cacería de jabalí

Fue condenado a dos años de prisión, cuatro de inhabilitación para la caza y a un pago de 17.505,95 euros en concepto de responsabilidad civil

El Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el cazador

El Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el cazador

Palencia

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el cazador que mató a una osa durante una cacería de jabalí en noviembre de 2020, en la Montaña Palentina. El alto Tribunal rechaza cada una de las alegaciones formuladas por la defensa del cazador, avalando el criterio del Juzgado de lo Penal de Palencia y de la Audiencia provincial que ya ratificó la pena de dos años de prisión, cuatro de inhabilitación para la caza y a un pago de 17.505,95 euros en concepto de responsabilidad civil según informa la Fundación Oso Pardo (FOP)

Desde la Fundación se habían opuesto a la admisión de dicho recurso de casación, solicitando la ratificación de la inicial sentencia condenatoria. De este modo, se confirma definitivamente la condena al cazador, vecino de la localidad palentina de Velilla del Río Carrión. Es la pena que solicitó la Fiscalía y a la que la FOP se sumó. Frente a esta resolución judicial del Tribunal Supremo ya no cabe formular recurso alguno.

Hay que recordar que la osa se acompañaba de un osezno, que no fue encontrado pese al operativo de búsqueda desplegado después de la cacería y durante días.

Esta inadmisión avala tanto el trabajo de la Guardia Civil en su atestado y tomas de declaración, como las diligencias practicadas en fase de instrucción en Cervera de Pisuerga (Palencia), así como el minucioso y detallado análisis del Juzgado de lo Penal de Palencia. En la sentencia de la Audiencia se confirmaba que “el disparo fue realizado por el acusado a una distancia de unos 40 metros sin extremar las precauciones necesarias, sin emplear el visor que llevaba, pese a ser advertido y ser conocedor de que se encontraba en una zona osera, y sin comprobar ni cerciorarse con toda la seguridad que es necesaria por el lugar en el que se encontraba (Reserva de Parque Natural con una reducida población osera) del tipo de especie o ejemplar al que estaba disparando”.

También se daba relevancia a que el condenado “es residente habitual en la zona, jefe de cuadrilla en ese momento y cazador habitual, habida cuenta de que ocupaba el mejor puesto de todos, que él eligió y en la zona más alta y con mejor visión.” Por ello, la Audiencia concluye que existió “dolo eventual” en la conducta del cazador. La Audiencia Provincial confirma que el cazador deberá pagar 17.505,95 euros a la Junta de Castilla y León en concepto de responsabilidad civil. Esa indemnización es la mitad de la reclamada por la Fiscalía y la FOP durante el juicio oral, pues la sentencia atribuye parte de la responsabilidad a la propia Junta de Castilla y León, “al autorizar a través de sus funcionarios una cacería en momento prohibido e inadecuado”.

La sentencia de la Audiencia Provincial también reconocía la complejidad de la causa y el elevado número de diligencias y actuaciones practicadas, y la contribución activa para el esclarecimiento del proceso de las acusaciones populares.

 

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