Los MASC: una alternativa obligatoria y eficaz para resolver conflictos sin llegar a juicio
Lo conocemos con Vicente Holgueras
Desde el 3 de abril de 2025, ha entrado en vigor una reforma que modifica sustancialmente los procesos judiciales en los ámbitos civil y mercantil. Según explica el abogado Vicente Holgueras, de Holgueras RecaldeAbogado, esta reforma introduce la obligatoriedad de intentar un MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias) antes de poder presentar una demanda ante los tribunales.
¿Qué son los MASC?
Los MASC son mecanismos extrajudiciales diseñados para resolver conflictos sin necesidad de acudir a un tribunal. Estas herramientas permiten que las partes implicadas, con el acompañamiento de profesionales cualificados y actuando de buena fe, busquen juntas una solución pactada que atienda a sus intereses.
Se sitúan como una vía intermedia entre la conciliación y el arbitraje, funcionando como un espacio de negociación estructurada. Su principal ventaja es evitar la vía judicial, lo que significa menos costes, menor tiempo de resolución y menor confrontación.
¿En qué asuntos se aplican?
Los MASC afectan a una amplia gama de conflictos en el ámbito civil y mercantil, como por ejemplo: Asuntos de familia (custodia, separaciones, pensiones), Reclamaciones por morosidad, Herencias y testamentarías, Conflictos sobre servidumbres o lindes, Incumplimientos contractuales entre empresas o particulares.
Obligación previa al juicio
Vicente Holgueras aclara que, desde la fecha mencionada, es obligatorio acreditar que se ha intentado una solución mediante un MASC antes de iniciar un procedimiento judicial, salvo en algunos casos excepcionales.
“Para poder poner posteriormente una demanda, tienes que acreditar que, previamente, se ha intentado ese acuerdo entre las partes. Es muy similar a lo que ocurría con el acto de conciliación en el ámbito laboral”, explica Holgueras.
¿Qué cambia para las partes?
Este nuevo requisito introduce una fase previa obligatoria, pero también potencialmente beneficiosapara las partes involucradas: Ahorro de tiempo y costes judiciales, Mayor control sobre el resultado del conflicto, Mejora de las relaciones personales o comerciales, Reducción del colapso en los juzgados
La experiencia del ámbito laboral demuestra que muchos conflictos se resolvían con éxito durante el acto de conciliación. El objetivo es trasladar esa misma eficacia a los conflictos civiles y mercantiles, buscando acuerdos voluntarios y satisfactorios sin necesidad de sentencia judicial.




