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La Audiencia Nacional paraliza las obras de ADIF en Palencia y obliga a derribar todo lo construido

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo da la razón a Ecologistas en Acción y desestima las alegaciones presentadas por ADIF

Obras de Adif para levantar el salto del carnero en los Tres Pasos en Palencia

Obras de Adif para levantar el salto del carnero en los Tres Pasos en Palencia

Palencia

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 4 da la razón a Ecologistas en Acción Palencia en el litigio que mantiene con ADIF por las obras de la Alta velocidad a Cantabria en la zona norte de la capital y, desestima las alegaciones presentadas por el Administrador de Infraestructuras ferroviarias "por el silencio de requerimiento formulado a ADIF del 24 de noviembre de 2023 de cese en la vía de hecho" al entender que, las obras son contrarias a derecho y, ordena la paralización de las mismas y, a "reponer los terrenos e instalaciones afectadas a su estado original" según la sentencia a la que ha tenido acceso Radio Palencia y, cuyo fallo reproducimos a continuación:

"Desestimar las excepciones procesales de falta de legitimación activa, de extemporaneidad del recurso contencioso-administrativo y de inexistencia de vía de hecho, alegadas por la Abogacía del Estado, y entrando en el fondo del asunto, estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación ECOLOGÍSTAS EN ACCIÓN PALENCIA – AEDENAT PALENCIA, contra la desestimación por silencio del requerimiento formulado a la entidad ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS-ALTA VELOCIDAD (ADIF-AV) en fecha 24-11-2023, de cese en la vía de hecho, en relación a las obras de construcción de la Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Palencia-Aguilar de Campoo, tramo Palencia-Palencia Norte; declarando que se está realizando una actuación constitutiva de vía de hecho, siendo la misma contraria a derecho, debiendo por ello proceder al cese de dicha actuación, reponiendo los terrenos e instalaciones afectadas al estado en que se encontraban previamente a la iniciación de las obras referidas; sin hacer especial pronunciamiento sobre la imposición de las costas."

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La sentencia, recoge, que ADIF ha actuado sin cobertura legal al no haber comunicado, en ningún momento al Ayuntamiento de Palencia "el proyecto de construcción que estaba llevando a cabo y referirse siempre al proyecto básico" y, de hecho para ello se basan en el informe emitido el 11-8-2023 por el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística del AYUNTAMIENTO DE PALENCIA, en el que se recoge que en el año 2010 se aprobó el primer Estudio Informativo de Integración del Ferrocarril en la ciudad de Palencia, y posteriormente, en el año 2018 se aprobó el segundo Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Palencia- Alar del Rey, siendo estos documentos a los que deben de ajustarse los proyectos posteriores que se redacten en su desarrollo" algo que, AFDIF no ha hecho en ningún momento.

Dicha sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse por escrito ante este mismo Juzgado, dentro de los quince días siguientes a su notificación y del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

 

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