El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anula la Zona de Bajas Emisiones de Ávila
La falta de un Plan de Movilidad es el principal argumento jurídico para la anulación

Perímetro de la Zona de Bajas Emisiones de Ávila / Ayuntamiento de Ávila

Ávila
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad de Ávila aprobada por el pleno municipal del 31 de mayo de 2024.
La sentencia justifica la decisión "al no existir el Plan de Movilidad con carácter previo que estableciera la delimitación y justificación de esta ZBE, por lo que exigencias derivadas del principio de seguridad jurídica y unidad de doctrina obligan a esta Sala a resolver de la misma forma en que se ha realizado para el caso analizado en el recurso 72/2024".
Este último recurso que cita la sentencia hace referencia a la Zona de Bajas Emisiones de Segovia, también anulada por el mismo Tribunal hace unas semanas.
En la sentencia se recogen los argumentos esgrimidos, tanto por los recurrentes (un grupo de ciudadanos de la ciudad encabezados por los abogados Pablo Casillas y Juan Ángel Martínez) como la defensa realizada por los letrados del ayuntamiento.
Contra la sentencia se puede presentar recurso de casación ante la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo o ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La Zona de Bajas Emisiones de Ávila está activa desde el uno de enero de este año 2025 aunque su régimen de sanciones no debería entrar en funcionamiento hasta el 1 de julio por la decisión del consistorio de dar un periodo de seis meses para que los ciudadanos conozcan su funcionamiento.
Ahora, todo queda anulado por la decisión del TSJ y el Ayuntamiento de Ávila deberá aprobar de nuevo la ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León que "descarta la arbitrariedad o desviación de poder por parte del Consistorio" según ha destacado José Ramón Budiño portavoz del equipo de gobierno que hace hincapié en que "el problema es un defecto de forma que obliga a aprobar una nueva normativa".
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José Ramón Budiño valoración sentencia TSJ
Para los vecinos recurrentes, la sentencia va mas allá que considerar que se anula por la falta del Plan de Movilidad y dicen que obligará al ayuntamiento a justificar los motivos por los que ha elegido la zona centro para la ubicación de la Zona de Bajas Emisiones según ha señado Juan Ángel Martínez, abogado y uno de los recurrentes, a los micrófonos de Ser Ávila.
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Juan Ángel Martínez Justificacion ZBE
La sentencia señala que el procedimiento debería haber incluido la aprobación de la ordenanza una vez aprobado el Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) y no al contrario; es decir, el Ayuntamiento de Ávila tendría que aprobar en primer lugar el PMUS y, seguidamente, la ordenanza de aplicación de la ZBE.
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José Ramón Budiño Ayto acata sentencia
A partir de ahora, el Ayuntamiento de Ávila comenzará el procedimiento administrativo para aprobar de nuevo la ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que recordemos contó con el voto favorable del equipo de gobierno, de Por Ávila, y los cuatro ediles del PSOE, mientras que los tres representantes de Vox, que se han mostrado en contra de esta ZBE, se abstuvieron y los siete del PP votaron en contra.
La parte recurrente considera que no hay motivos por los que la zona tenga que estar en la zona centro de la ciudad donde no hay problemas de contaminación. La sentencia que hoy se ha conocido no paraliza el proceso puesto que cabe recurso de casación. Juan Ángel Martínez insta al ayuntamiento a no aplicarla y a tener en cuenta la decisión del TSJ independientemente de los posibles recursos.
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Juan Ángel Martínez no aplicar ZBE
En este sentido, el Ayuntamiento subraya que la sentencia “desestima las alegaciones presentadas por un grupo de particulares en cuanto a la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad en sí”, y estima la necesidad de la existencia previa del PMUS y que en él se incluya la ordenanza de la ZBE y no al revés, procedimiento que siguió el Ayuntamiento de Ávila, al aprobar primero la ordenanza y publicar con posterioridad el PMUS actualizado con la ordenanza.
El Ayuntamiento de Ávila no recurrirá la sentencia, la Zona de Bajas Emisiones de Ávila, tras la sentencia que declara nula la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones de Ávila, ya no podrá entrar en vigor el 1 de julio, pero seguirá adelante para ser implantada en otra fecha. Por lo tanto, su régimen de sanciones no entrará en funcionamiento el 1 de julio tras la decisión del TSJ.
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José Ramón Budiño suspension ZBE




