Investigada una menor por conducir una motocicleta sin carnet e ir sin casco
También se investiga a su acompañante, mayor de edad, que viajaba también sin casco de protección

Rueda de una motocicleta en pleno movimiento por una carretera / Cristian Quintana / EyeEm

La Guardia Civil investiga a una menor como supuesta responsable de un delito contra la seguridad vial, al conducir una motocicleta por las carreteras de la provincia de Ávila sin haber obtenido el permiso de conducir y sin casco de protección.
Además, su acompañante, mayor de edad, también es investigado como presunto "cooperador necesario en la comisión del delito", que tampoco llevaba el correspondiente casco.
Los hechos tuvieron lugar durante el pasado fin de semana, cuando efectivos de la Guardia Civil de Ávila, durante un servicio de vigilancia en las carreteras, observaron un ciclomotor en el que viajaban dos personas sin casco de protección.
Al ser identificadas, se comprobó que la conductora era una menor, que no poseía el permiso de conducir, que según el Reglamento General de Conductores requiere tener 15 años cumplidos para obtenerlo, mientras que su acompañante sí era mayor de edad.
A pesar de que la conductora sí tenía la edad necesaria para poder sacarse el carnet que habilita para la conducción de este tipo de vehículos, no había obtenido nunca el permiso de conducción, de ahí que el Equipo de Investigación de Siniestros del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Ávila procediera a su investigación como supuesta responsable de un delito contra la seguridad vial.
Igualmente, investiga a su acompañante como presunto cooperador necesario en la comisión del delito.
La Guardia Civil recuera que en virtud del artículo 384 del Código Penal "el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días".
"La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".




