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El TSJ confirma la absolución de un hombre acusado de detención ilegal y agresión sexual continuada a su expareja

La Audiencia ya consideró en su fallo que no hay certidumbre sobre la culpabilidad del hombre de 38 años, para quien la Fiscalía solicitaba una pena global de 17 años de prisión

El caso está siendo investigado en el Juzgado de Instrucción Número Uno de Puerto de la Cruz. / EFE

El caso está siendo investigado en el Juzgado de Instrucción Número Uno de Puerto de la Cruz.

Palencia

Recuerda el tribunal que en el recurso de apelación, la parte apelante cuestiona la valoración que la Audiencia de Palencia hace de determinadas pruebas, aparte de la declaración de la víctima, como son la grabación de voz, el soporte audiovisual y las fotografías aportadas por la Defensa (respecto de las que impugna la certeza, no tanto de su autenticidad, sino de las fechas y del lugar de su realización), así como el testimonio de dos testigos, y el resultado del análisis de los vestigios de semen hallados en la vagina de la denunciante, pero con olvido de que todas estas pruebas no servirían realmente para acreditar la plena certeza del relato de la denunciante sino únicamente para corroborar, en su caso, la versión que de los hechos proporciona la misma.

Según el tribunal, permanece incólume la contradicción entre las dos versiones dadas por denunciante y acusado, siendo la posición de este último la de negar que se apoderase del móvil de Genoveva, que la tuviese en un estado de sometimiento por medio de coacciones o de una situación intimidante, que le hubiese dado un trato humillante o degradante, que la maltratase físicamente o que la hubiese agredido sexualmente durante ese período posterior a la ruptura sentimental acreditada, pudiendo ser igualmente creíble la versión contrapuesta del acusado acerca de que, tras la ruptura, permanecieron durante un tiempo manteniendo contactos personales y encuentros siempre consentidos por ambos, consecuencia de la relación ciertamente tóxica que habían venido sosteniendo entre ellos.

Pese a la desestimación del recurso de apelación interpuesto, no hay méritos para imponer las costas del mismo a la parte acusadora apelante, pues no apreciamos en dicha parte mala fe o temeridad en su recurso

 

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