Nueva convocatoria de ayudas al alquiler: cómo solicitarla, plazos, novedades, requisitos y cuándo se pagará
La Junta eleva los umbrales del pago máximo del alquiler de la vivienda en algunos municipios

El consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, presenta la convocatoria de las ayudas al alquiler y a la accesibilidad / Ruben Cacho ICAL

Valladolid
La Junta de Castilla y León publicará en el BOCYL este martes 21 de octubre la convocatoria de las ayudas al alquiler correspondiente al año 2025. El consejero de Medio Ambiente y Vivienda, Juan Carlos Suárez-Quiñones ha presentado las novedades de esta campaña en la que se espera un incremento de las solicitudes, los beneficiarios y de la cuantía media que se va a percibir respecto a 2024.
Se convoca "en régimen de concurrencia competitiva (criterios de valoración), subvenciones destinadas a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos". Los criterios de valoración son: nivel de ingresos de la unidad de convivencia, número de miembros de la unidad de convivencia, circunstancias personales de la persona solicitante y ámbitos municipales de ubicación de la vivienda o habitación. Pese a esto, la Junta, durante los pasados cuatro años, ha pagado la ayuda a todas aquellas personas que cumplen los requisitos.
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Plazos para solicitarla y cuándo se pagará
La ayuda se podrá solicitar desde el 1 de diciembre y hasta el 30 de enero de 2026. Cuando finalice la convocatoria la Junta dispondrá de un plazo máximo de seis meses para resolver: el consejero responsable del área de Vivienda garantiza que así se hará antes de finalizar julio.
Documentación necesaria y cómo solicitarla
Solamente será necesaria la presentación de dos documentos: copia íntegra de todos los contratos de arrendamiento de vivienda o de habitación y los justificantes bancarios del pago de la renta desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
Solamente se admitirán como documentos acreditativos del pago de la renta la transferencia bancaria, la domiciliación bancaria o el ingreso en efectivo en la cuenta de la persona arrendadora. No se considerará válido los documentos en los que no consten los datos indicados ni aquellos que contengan enmiendas o tachaduras y tampoco se aceptarán los recibos manuales.
La solicitud se podrá cursar a través de dos vías: a través de la sede electrónica en la web tramitacastillayleon.jcyl.es y de forma presencial en cualquier registro administrativo de la Junta de Castilla y León.
Novedades de la convocatoria
Como principal novedad de esta convocatoria, y como consecuencia de la Orden MAV/800/2025, de 10 de julio, se ha producido un incremento en las rentas o precios máximos mensuales subvencionables salvo en las ciudades de Burgos, León, Salamanca, Segovia y Valladolid que se mantiene en los 550 euros mensuales de alquiler.
Así, la Junta flexibiliza los niveles de renta máximo en algunos municipios de la comunidad: su máximo exigido pasa de los 500 euros a los 550 euros. Son las ciudades de Aranda de Duero, Ávila, Miranda de Ebro, Palencia, Ponferrada, Soria y Zamora. También entran en esta categoría los municipios salmantinos de Carbajosa de la Sagrada y Santa Marta de Tormes; las localidades vallisoletanas de Arroyo de la Encomienda, La Cistérniga, Laguna de Duero y Medina del Campo; Aguilar de Campoo en Palencia; Real Sitio de San Ildefonso en Segovia y San Andrés del Rabanedo, en León.

Convocatoria ayudas a la vivienda Castilla y León 2025 | Fuente: Junta de Castilla y León, Consejería de Medio Ambiente y Vivienda

Convocatoria ayudas a la vivienda Castilla y León 2025 | Fuente: Junta de Castilla y León, Consejería de Medio Ambiente y Vivienda
Requisitos para acceder a la ayuda
Los ingresos mínimos y máximos anuales como requisito para poder acceder a las ayudas se mantienen en las mismas cuantías que en la convocatoria de 2024 porque el IPREM al estar prorrogados los presupuestos estatales, sigue siendo el mismo (mínimo 4.200€ y máximo 25.200 euros anuales salvo familias numerosas, victimas terrorismo y familias con discapacidad).
También, como requisito, la renta máxima al mes pagada de alquiler por la vivienda no puede superar los 550 euros en los municipios de ámbito 1 y los 500 euros en los de ámbito 2.
En los casos de familias numerosas, personas con discapacidad y personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida el intervalo los umbrales cambian: se sitúan entre los 800 y 600 € respectivamente. En el caso de habitaciones, el intervalo está entre los 200 y 175 €.
Para acceder a la ayuda se deber ser titular como persona arrendataria o cesionaria de un contrato de arrendamiento o de cesión de uso de vivienda o de habitación; que la vivienda o habitación constituya, durante todo el periodo por el que se conceda la subvención, la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria y poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o por parentesco. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.
No podrán acceder a la ayuda las personas que tengan deudas con Hacienda o la Seguridad Social, las que hayan sido sujetas de una revocación de alguna de las ayudas contempladas en el actual o en el anterior Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 por incumplimiento imputable a la persona solicitante y cuando la persona solicitante o alguna de las que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato se encuentre en alguna de estas situaciones: ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España, tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda o habitación y ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora o cedente de la vivienda o habitación, salvo que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.
Estimaciones para 2025: más beneficiados y más cuantía media
La dotación presupuestaria inicial se ha incrementado en 8 millones de euros: pasa de 19,5 en la convocatoria de 2024 a 27,5 en la de 2025. La cantidad podrá ampliarse en una cuantía adicional máxima de 32 millones de euros, con lo que el crédito total de la convocatoria de 2025 puede llegar a 59,5 millones de euros.
La Junta estima, para la convocatoria de este año, un incremento del nuevo de beneficiados: se espera llegar a los 23.500, dos mil más que los de la convocatoria de 2024. También llegar a un presupuesto superior a los 59 millones de euros.
La cuantía media también prevé un incremento: la Junta estima unos 2.500 euros de media, superior a los 2.331 de la convocatoria de 2024.
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Álvaro Hernández
Periodista. Redactor en Cadena SER Castilla y León. Graduado en Periodismo por la Universidad de Valladolid....




