Sociedad

Va a Pleno la aprobación definitiva del reglamento del cementerio

El documento admite algunas alegaciones presentadas por Antonio Miguel Niño, pero rechaza las que tienen como objeto blindar este servicio ante una privatización

Entrada cementerio municipal de Aranda / cadena ser

Aranda de Duero

El Pleno podría dar el visto bueno definitivo este jueves al reglamento del cementerio municipal, que fue aprobado inicialmente en mayo de este año. El documento provisional recibió una serie de alegaciones de Antonio Miguel Niño. Algunas de ellas se han incorporado al documento definitivo, aunque son las de carácter más técnico, pero no así algunas con las que este militante de IU intentaba que el documento ponga barreras a la posible privatización del servicio.

En este aspecto, hay algunos párrafos que en sus alegaciones ponía en cuestión, como lo de que la responsabilidad directa de algunas funciones podrá “atribuirse a agentes privados contratados al efecto”. El informe recomienda no tocar estos y otros aspectos “por si algún día se externalizase el servicio”.

Entre las modificaciones aceptadas figura la corrección en la cita de la normativa autonómica, sustituyendo “reglamentos” por “ordenanzas”, así como la inclusión de la ubicación exacta del cementerio en la Carretera de La Aguilera s/n. También se han precisado diversas definiciones, como la de “reducción de restos” y “tanatopraxia”, adaptándolas al nuevo proyecto de decreto de Policía Sanitaria Mortuoria de Castilla y León.

El documento definitivo elimina la referencia al depósito de cadáveres “ubicado en el cementerio”, dado que esta instalación no existe, y mantiene la posibilidad de externalizar determinados servicios en el futuro. Se añade, en cambio, la mención a la capilla o sala de despedidas y se suprime el local destinado a autopsias.

Se introducen mejoras en la redacción de varios artículos: se amplía la información que debe incluir el libro registro, se regula la toma y difusión de imágenes en el recinto para garantizar la protección de datos personales y se clarifica el acceso de vehículos y perros, permitiéndolo en casos justificados y con condiciones específicas. También se concreta que no será necesario solicitar autorización para inscribir los datos básicos en las lápidas.

El texto revisado aclara que el personal municipal no asumirá responsabilidad por los daños ocasionados en las sepulturas durante las inhumaciones o exhumaciones, recomienda la presencia de familiares en estos trabajos y redefine las características técnicas de las sepulturas y ornatos, fijando límites de dimensiones y altura. Asimismo, se prevé la posibilidad de construir nichos de hasta cinco alturas en el futuro.

Otras modificaciones incluyen la sustitución de definiciones en los artículos relativos a panteones, la eliminación de errores de remisión entre artículos, y la posibilidad de que el ornato de las sepulturas sea opcional para los titulares, excepto en las de beneficencia o restos anatómicos, que son municipales.

También se actualizan los tipos de sepulturas y fosas, estableciendo concesiones de 50 o 10 años según los casos, y se introduce una nueva redacción sobre los plazos para la inhumación de cadáveres sometidos a técnicas de conservación. Se incorporan limitaciones a las exhumaciones y reducciones de restos para evitar riesgos sanitarios, conforme a la normativa autonómica vigente.

Por último, el régimen sancionador se concreta con la fijación de cuantías mínimas y máximas: las infracciones leves serán sancionadas con multas de entre 200 y 650 euros; las graves, entre 651 y 1.500; y las muy graves, entre 1.501 y 3.000 euros.

Vicente Herrero Carreter

Responsable de Informativos en la SER de Aranda....