El Grupo Gredos de Montaña se hermana con la RSEA Peñalara
Los socios obtendrán ventajas mutuas en las distintas actividades que organicen

Un escalador en la 'Pared Encerrada', cerca del Torozo, en Villarejo del Valle / Chema Mancebo

Ávila
Como punto culminante al Festival de la Montaña, que se ha venido desarrollando durante las últimas semanas en Arenas de San Pedro, el Grupo Gredos (creado en 1969) y la Real Sociedad Española de Alpinismo Peñalara (fundada en 1913), de Madrid, firmarán un convenio de hermanamiento.
Será el evento principal del último fin de semana del festival, en el que también se llevarán a cabo dos proyecciones, 'Descubriendo el Tibet: monte Kailash, la montaña sagrada', por Jesús Cubero y 'Las montañas de mi vida', de Ezquiel Conde; y varias actividades de senderismo, montañismo y escalada. Podéis consultar el programa completo aquí
En cuanto al convenio de hermanamiento entre la Real Sociedad Española de Alpinismo Peñalara y el Grupo Gredos de Montaña, recoge los siguientes puntos:
1. Finalidad del convenio. La finalidad del presente convenio es que las personas socias de la RSEA Peñalara y del Grupo Gredos de Montaña puedan obtener ventajas mutuas en la práctica de actividades de montaña, así como fomentar el conocimiento personal, social y deportivo entre las dos entidades.
2. Trato igualitario en actividades. Ambas sociedades se comprometen a ofrecer a las personas socias de la otra entidad un trato igualitario en sus actividades, con los mismos derechos y obligaciones que sus propios miembros, siempre dentro de las posibilidades organizativas, de seguridad y de aforo de cada actividad.
3. Difusión de calendarios y presencia web. Cada entidad divulgará entre sus miembros el calendario anual de actividades de la otra, admitiendo la participación de quienes lo deseen en las mismas condiciones que los socios propios. Cuando sea técnicamente posible, se habilitará un enlace o acceso desde las respectivas páginas web para facilitar la consulta de actividades, sin obligación de promoción destacada o prioritaria.
4. Inscripción, acreditación y participación:
1. Para inscribirse en actividades que requieran licencia federativa (salidas de alta montaña, escalada, alpinismo, actividades invernales o que impliquen riesgo relevante), será imprescindible presentar una licencia en vigor con la que se acredite la pertenencia a la correspondiente sociedad. 2. Para actividades que no requieran licencia federativa, la pertenencia a cada entidad podrá acreditarse mediante carnet social, certificado o cualquier documento interno válido. 3. En actividades con seguro individual obligatorio, cada entidad garantizará que sus participantes cumplen los requisitos de cobertura (licencia federativa o seguro específico por actividad). Las entidades no asumirán responsabilidad por participantes no asegurados que incumplan este requisito. 4. Cada club será responsable exclusivamente de las actividades que organice, sin que el presente convenio suponga responsabilidad solidaria entre entidades. 5. A las asambleas generales de cada sociedad podrán asistir los miembros de la otra entidad en calidad de oyentes, sin voz ni voto, salvo que los estatutos de alguna de las entidades establezcan restricciones adicionales.
5. Protección de datos. Ambas partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos. El intercambio de información personal entre entidades no se realizará automáticamente y requerirá el consentimiento expreso de las personas afectadas.
6. Costes y condiciones económicas. El presente convenio no genera obligaciones económicas entre las partes. En caso de existir actividades con coste, cada participante se someterá a las tarifas, normas y procedimientos establecidos para esa actividad por la entidad organizadora.
7. Uso de refugios. La RSEA Peñalara y el Grupo Gredos de Montaña acuerdan que las personas socias de cualquiera de las dos entidades puedan utilizar los siguientes refugios en igualdad de condiciones y tarifas: • Refugio de la Pedriza (Peñalara) • Albergue del Puerto de Navacerrada (Peñalara) • Refugio Victory de los Galayos (GGM) Las reservas y el uso de los refugios se realizarán siguiendo las normas y procedimientos habituales del club titular de cada instalación. La acreditación como socio se efectuará mediante carnet o documento válido de la entidad correspondiente.
8. Duración, modificación y revocación. El presente convenio tiene carácter indefinido. Podrá ser modificado mediante acuerdo conjunto y revocado unilateralmente por decisión de la Junta Directiva de cualquiera de las partes, comunicándolo por escrito a la otra con al menos tres meses de antelación, para garantizar la adecuada difusión de su finalización.
9. Resolución de conflictos. Las cuestiones de interpretación del presente convenio serán tratadas por las Juntas Directivas de ambas entidades.

Álex García
Desde 1998, en Cadena SER Ávila . Especializado en deportes. Responsable de SER Deportivos Ávila. Durante...




