La muerte de Esther López será objeto de juicio con jurado popular en 2026
Además, se decreta la responsabilidad civil del acusado por importe de 230.000 euros que se requieren a modo de fianza.

VALLADOLID, 03/12/2025.- Familiares y amigos de Esther López, quien desapareció el 13 de enero de 2022 y fue hallada muerta el 5 de febrero de ese año en Traspinedo (Valladolid), durante la concentración celebrada a la puertas de los juzgados de Valladolid durante la audiencia preliminar celebrada este miércoles para acordar la apertura de juicio oral. EFE/Nacho Gallego / NACHO GALLEGO (EFE)

Sin sorpresas tras la audiencia preliminar celebrada el pasado miércoles en el Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid, encargado del denominado 'Caso Esther López', ya que la jueza instructora ha dictado auto de apertura de juicio oral por el procedimiento de jurado contra el presunto responsable de la desaparición y muerte de la vecina de Traspinedo, Óscar S.M, de forma que los autos serán remitidos a la Audiencia Provincial para que, previsiblemente el próximo año, siente en el banquillo al encausado.
En su auto, la jueza estima las pretensiones de las acusaciones pública y particulares de ir a juicio y rechaza el sobreseimiento interesado por la defensa, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
La jueza ha decretado la apertura del juicio oral para el enjuiciamiento de un delito de asesinato, tipificado en el artículo 139.1.1º, del Código Penal, y, subsidiariamente al anterior, de un delito de homicidio del artículo 138 del Código Penal. A esto une un delito contra la integridad moral, un delito de detención ilegal y un delito de omisión de socorro, que se imputan al acusado "en concepto de autor y responsable directo de los hechos".
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Además, se decreta la responsabilidad civil del acusado por importe de 230.000 euros que se requieren a modo de fianza y añade que, de no hacerlo, se procederá al embargo de los bienes del acusado "en cantidad suficiente" para cubrir esta suma, con la acreditación en su caso de su insolvencia.
La jueza no se llega a pronunciar sobre la admisión de las pruebas solicitadas y estima que sea el tribunal de jurado el que se pronuncie sobre esta circunstancia.
"Emplácese a las partes para ante dicha Audiencia Provincial a fin de que en el término de quince días se personen en forma. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que podrán pedir, en cualquier momento, los testimonios que les interesen para su ulterior utilización en el juicio oral", añade el auto, el que también se advierte de que contra el mismo no cabe recurso alguno, excepto en cuanto a la situación personal del acusado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 36 de la L.O.5/95, que puede plantearse la reclamación pertinente como cuestión previa en la vista oral
Ya antes de que se conociera la decisión, las defensoras de Óscar habían mostrado su incredulidad el pasado miércoles por la situación en la que se encuentra su cliente. "¡Si me permitis una licencia, parece mentira que estemos aquí en una audiencia preliminar por delito de asesinato, cuando además hay indicios escasos que han sido desmontados uno a uno por esta defensa!", lamentó Ana Pérez, una de las dos defensoras del presunto asesino.
Una vez dictada la apertura de juicio oral por el procedimiento de jurado popular y la correspondiente remisión de los autos a la Audiencia Provincial, tan solo queda ya por fijar la fecha del juicio que se celebrará, previsiblemente, el próximo año.
A ese juicio Fiscalía de Valladolid acudirá con una petición de condena de dieciocho años de prisión por delito de asesinato para Óscar S.M, el hombre al que se acusa de la muerte en enero de 2022 de la vecina de Traspinedo Esther López de la Rosa, cuyo cadáver no fue localizado hasta el 5 de febrero, veintitrés días más tarde de su desaparición, tirado en una cuneta de la carretera que conduce a dicho municipio vallisoletano. El juicio se celebrará en fecha aún por determinar por el procedimiento de jurado popular en la Audiencia Provincial.
Por su parte, las dos acusaciones particulares personadas en la causa, una en representación de los padres de la fallecida y la otra actuando en nombre de la hermana de la víctima, consideran que los hechos son constitutivos de asesinato, entre otros delitos a mayores, y solicitan condenas globales de 39 y 33 años de cárcel, respectivamente, para el único encausado, cuya representación legal, por contra, interesa el sobreseimiento por falta de pruebas.




