El Ayuntamiento de Cuéllar presenta alegaciones contra la tasa de bomberos de la Diputación de Segovia
El alcalde Carlos Fraile, espera que se resuelvan en enero y si se desestiman estudiarán recurrir a un contencioso administrativo
Nueva ubicación de los bomberos voluntarios de la Comunidad de Villa y Tierra de Cuéllar / Cristina Sancho
Cuéllar
El Ayuntamiento de Cuéllar ha presentado alegaciones contra la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de prevención, extinción de incendios y salvamento, aprobada provisionalmente por el Pleno de la Diputación Provincial en la sesión celebrada el 30 de octubre de 2025 y sometida a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia nº 133, de 5 de noviembre de 2025.
En el escrito presentado el Consistorio cuestiona la legalidad jurídica y económica de la ordenanza, dicen que la potestad tributaria de las entidades locales es derivada y debe ejercerse dentro de los límites fijados por la Constitución Española (artículo 133) y el Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En las alegaciones subrayan que la imposición de esta tasa no es obligatoria, ya que el artículo 132 de la citada ley establece que "las diputaciones provinciales podrán, y no deberán, exigirla". Además, se recuerda que la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios en municipios de menos de 20.000 habitantes corresponde a la Diputación Provincial, conforme a los artículos 26 y 36 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El alcalde, Carlos Fraile, estima que las alegaciones se resolverán, "Veremos en qué se fundamentan, entiendo, que en vía administrativa lo desestimarán, y tendremos que ver de qué modo y manera se recurre a ese contencioso administrativo, y sea en los tribunales quienes diriman el fundamento jurídico que estamos cuestionando, entre todos"
Desde el Ayuntamiento recuerdan que la normativa vigente establece que "son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten, se beneficien o resulten directamente afectadas por los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, incluyendo propietarios, usufructuarios, inquilinos o arrendatarios de los inmuebles, así como quienes reciban o soliciten expresamente la intervención del servicio. Asimismo, la ley determina que las entidades aseguradoras del riesgo actúan como sustitutas del contribuyente, siendo las responsables del ingreso de la tasa ante la administración local cuando exista cobertura aseguradora", indican.
Otro de los aspectos cuestionados en la ordenanza es la definición del hecho imponible, al basarse en la cobertura del servicio y no en una actuación concreta o efectiva, lo que según el Ayuntamiento desvirtúa el concepto de tasa recogido en el artículo 20 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En este punto, también aluden a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que limita este tipo de cobros a los municipios legalmente obligados a prestar el servicio, "circunstancia que no concurre en la mayoría de los municipios de la provincia", recuerdan. Así mismo critican el informe técnico-económico que acompaña a la ordenanza, al considerar que no justifica adecuadamente la cuota de 5 euros por habitante, ni acredita su relación con los costes reales del servicio, como exige el artículo 24 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la reiterada doctrina del Tribunal Supremo.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Cuéllar considera que la ordenanza no debe aprobarse de forma definitiva, "al trasladar de manera injustificada el coste del servicio a los municipios y a los vecinos, sin una motivación económica suficiente ni garantías de una cobertura real y eficaz en todo el territorio provincial". El Consistorio sostiene que no le corresponde asumir el pago de la tasa, ya que los sujetos pasivos y destinatarios de la misma son los propietarios de los inmuebles o, en su caso, las entidades aseguradoras, y no la administración municipal. Además, subraya el importante impacto económico que supondría esta tasa para Cuéllar, que con una población de 9.530 habitantes alcanzaría una cuantía aproximada de 47.650 euros anuales, "una cantidad relevante que tendría que detraerse del presupuesto municipal, afectando a la financiación de otros servicios públicos esenciales", apunta el alcalde, Carlos Fraile.
Carlos Fraile, alcalde de Cuéllar, habla de las alegaciones presentadas a la tasa de bomberos de la Diputación de Segovia