Santibáñez de Esgueva regula el impuesto sobre construcciones y obras
El Ayuntamiento fija un tipo del 2% para obras de menos de 100.000 euros y del 3% para el resto, con bonificaciones del 50% en casos de especial interés municipal
Santibáñez de Esgueva / Wikipedia
Santibáñez de Esgueva
El Ayuntamiento de Santibáñez de Esgueva ha aprobado de forma definitiva la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), tras no haberse presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública. El acuerdo, adoptado inicialmente por el Pleno el 5 de mayo de 2025, queda así elevado a definitivo sin necesidad de una nueva votación plenaria.
La ordenanza establece un tipo impositivo del 2% para aquellas obras cuya base imponible sea inferior a 100.000 euros, mientras que para el resto de actuaciones el gravamen se eleva al 3%. La base imponible estará constituida por el coste real y efectivo de la ejecución material de la obra, excluyendo impuestos, tasas, honorarios profesionales o el beneficio empresarial del contratista.
El texto regula de forma detallada las construcciones, instalaciones y obras sujetas al impuesto, que abarcan desde edificaciones de nueva planta y reformas hasta instalaciones energéticas, infraestructuras, cerramientos, movimientos de tierra o la colocación de casas prefabricadas. Asimismo, contempla una bonificación del 50% para actuaciones declaradas de especial interés o utilidad municipal, así como para obras de rehabilitación, conservación o mantenimiento de inmuebles existentes.
El impuesto se gestionará mediante el sistema de autoliquidación y se devengará en el momento de inicio de las obras, con independencia de que se haya obtenido o no licencia municipal. Tras su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, la ordenanza entra en vigor este viernes.
Vicente Herrero Carreter
Responsable de Informativos en la SER de Aranda....Responsable de Informativos en la SER de Aranda. Presentador de Hora 14 Edición Ribera.